Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Intermunicipal de la Vera. (BOP-2021-5334)
BOP-2021-5334 Aprobación definitiva del Reglamento de Control interno simplificado.
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La citada normativa se debe considerar de mínimos, reguladora del régimen general aplicable
al ejercicio del control interno en las Entidades Locales.
En este sentido, y al igual que procede la Administración General del Estado a través de su
Intervención General, se establece por la Asamblea de la Entidad y mediante el presente
Reglamento, las normas básicas para el adecuado ejercicio de las funciones del control interno
y la elección del régimen de control simplificado recogidos en el Real Decreto 424/2017, de 28
de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades de Sector
Público Local; atendiendo siempre al principio de plena autonomía de los óganos de control
respecto de las autoridades y órganos controlados.
Así, con el fin de disponer de un modelo de control eficaz en virtud del articulo 3.3 del Real
Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en
las entidades del Sector Publico Local, y en virtud del principio de auto organización y potestad
reglamentaria reconocido en el artículo 4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril a las Entidades
Locales territoriales, con el presente Reglamento esta Entidad Local pretende la mejora en los
mecanismos de gestión y control interno, en aras de una mayor eficacia.
TITULO I. DISPOSICIONES COMUNES
ARTÍCULO 1. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN.
Constituye el objeto de esta norma la regulación de las funciones de control interno respecto de
la gestión económico-financiera y los actos con contenido económico de la Entidad Local , en
base a los preceptos sobre control y fiscalización contenidos en el capitulo IV correspondiente
al titulo V del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y el Real Decreto
424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las
entidades del Sector Publico Local. Asi, el presente Reglamento, sera de aplicación a esta
Entidad Local .
ARTÍCULO 2. ATRIBUCIÓN DE LAS FUNCIONES DE CONTROL.
Las funciones de control interno de la Mancomunidad, se ejercerán por la Secretaria-
Intervención mediante el ejercicio de la función interventora y el control financiero con la
extensión y efectos que se determinan en los artículos siguientes.
ARTÍCULO 3. FORMAS DE EJERCICIO.
1. La función interventora tiene por objeto controlar los actos de la Entidad Local que den lugar
al reconocimiento de derechos o a la realización de gastos, así como los ingresos y pagos que
CVE:
BOP-2021-5334
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 30 de noviembre de 2021
N.º 0228
Pág. 22560
al ejercicio del control interno en las Entidades Locales.
En este sentido, y al igual que procede la Administración General del Estado a través de su
Intervención General, se establece por la Asamblea de la Entidad y mediante el presente
Reglamento, las normas básicas para el adecuado ejercicio de las funciones del control interno
y la elección del régimen de control simplificado recogidos en el Real Decreto 424/2017, de 28
de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades de Sector
Público Local; atendiendo siempre al principio de plena autonomía de los óganos de control
respecto de las autoridades y órganos controlados.
Así, con el fin de disponer de un modelo de control eficaz en virtud del articulo 3.3 del Real
Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en
las entidades del Sector Publico Local, y en virtud del principio de auto organización y potestad
reglamentaria reconocido en el artículo 4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril a las Entidades
Locales territoriales, con el presente Reglamento esta Entidad Local pretende la mejora en los
mecanismos de gestión y control interno, en aras de una mayor eficacia.
TITULO I. DISPOSICIONES COMUNES
ARTÍCULO 1. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN.
Constituye el objeto de esta norma la regulación de las funciones de control interno respecto de
la gestión económico-financiera y los actos con contenido económico de la Entidad Local , en
base a los preceptos sobre control y fiscalización contenidos en el capitulo IV correspondiente
al titulo V del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y el Real Decreto
424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las
entidades del Sector Publico Local. Asi, el presente Reglamento, sera de aplicación a esta
Entidad Local .
ARTÍCULO 2. ATRIBUCIÓN DE LAS FUNCIONES DE CONTROL.
Las funciones de control interno de la Mancomunidad, se ejercerán por la Secretaria-
Intervención mediante el ejercicio de la función interventora y el control financiero con la
extensión y efectos que se determinan en los artículos siguientes.
ARTÍCULO 3. FORMAS DE EJERCICIO.
1. La función interventora tiene por objeto controlar los actos de la Entidad Local que den lugar
al reconocimiento de derechos o a la realización de gastos, así como los ingresos y pagos que
CVE:
BOP-2021-5334
Verificable
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