Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral Villuercas Ibores Jara. (BOP-2021-5333)
BOP-2021-5333 Aprobación definitiva Reglamento de Régimen Interno de la Escuela Profesional Dual "Geoforestales".
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
ARTÍCULO 21. FALTAS Y SANCIONES DE LOS/AS TRABAJADORES/AS.
1. Los/as trabajadores/as podrán ser sancionados/as por la dirección de las empresas en virtud
de incumplimientos laborales, de acuerdo con la graduación de faltas y sanciones que se
establezcan en las disposiciones legales o en el convenio colectivo que sea aplicable.
2. La valoración de las faltas y las correspondientes sanciones impuestas por la dirección de la
empresa serán siempre revisables ante la jurisdicción competente. La sanción de las faltas
graves y muy graves requerirá comunicación escrita al/a trabajador/a, haciendo constar la
fecha y los hechos que la motivan.
3. No se podrán imponer sanciones que consistan en la reducción de la duración de las
vacaciones u otra minoración de los derechos al descanso del/a trabajador/a o multa de haber.
ACUERDO DE COBERTURA DE VACÍOS.
El presente acuerdo de cobertura de vacíos procede de las coberturas de vacíos de los
Convenios Colectivos nacionales y autonómicos y se aplicará, como complemento al Estatuto
de los/as Trabajadores/as y al EBEP, a los/as alumnos/as trabajadores/as de Escuelas Taller,
Casas de Oficios y Talleres de Empleo, así como de cualquier otro programa donde se suscite
una relación contractual. Esta cobertura de vacíos tipifica las faltas cometidas por los/as
trabajadores/as y señala las sanciones correspondientes. La redacción de estos artículos es la
siguiente:
DISPOSICIÓN ADICIONAL.
Primera: El presente Reglamento es de aplicación a todas las personas que forman parte de
Programas ETCOTE (Escuelas Profesionales Duales para el Empleo, Programas Colaborativos
Rurales y similares), promovidos por la Mancomunidad Integral Villuercas Ibores Jara estando
a su disposición cualquier consulta.
DISPOSICIONES FINALES.
Primera: En lo no regulado en el presente Reglamento en materia de organización,
funcionamiento y régimen jurídico, se estará a lo previsto en la normativa específica de dichos
programas rurales.
Contra el presente Acuerdo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la
Sala de la Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el
plazo de 2 meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de
CVE:
BOP-2021-5333
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 30 de noviembre de 2021
N.º 0228
Pág. 22552