Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Pesga. (BOP-2021-5315)
BOP-2021-5315 Acuerdo del Pleno de fecha 24 de septiembre de 2021 del Ayuntamiento de La Pesga por el que se aprueba definitivamente la modificación de Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa Cementerio y Velatorio Municipal.
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A pesar del plazo señalado para las concesiones, si por cualquier motivo hubiere de clausurase
el cementerio antes de finalizar el citado plazo o en los supuestos de catástrofe o fuerza mayor,
los titulares de los respectivos derechos podrán ser indemnizados por el plazo pendiente de
transcurrir, aunque para el cálculo de la indemnización se tendrá en cuenta únicamente el
importe de la tasa abonada y no el de la obra o instalaciones ejecutadas por el concesionario.
Las concesiones se acreditarán mediante la correspondiente Resolución de la Alcaldía, donde
se indicarán los datos de la referida concesión.
ARTÍCULO 10. Infracciones y Sanciones.
En todo lo referente a infracciones y sanciones, será de aplicación la Ley 58/2003, de 17 de
diciembre, General Tributaria, en concreto los artículos 181 y siguientes, y las disposiciones
que la desarrollen.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA.
Queda derogada y sustituida por la presente ordenanza, la anterior ordenanza fiscal reguladora
de la tasa por cementerio municipal, publicada en el Boletín Oficial de la provincia de Cáceres
n.º 41 de fecha 28 de Febrero de 2008.
DISPOSICIÓN FINAL.
Esta Ordenanza fiscal entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de
la Provincia de Cáceres y permanecerá en vigor hasta que se acuerde su modificación o
derogación.
MODIFICACIÓN
La presente ordenanza, que consta de diez artículos, una disposición derogatoria y una
disposición final, fue modificada por el Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día
24 de septiembre de 2021.»
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora
de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se
podrá interponer por los/as interesados/as recurso contencioso-administrativo, en el plazo de
dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín
Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, con sede en
Cáceres.
CVE:
BOP-2021-5315
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 30 de noviembre de 2021
N.º 0228
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