Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Pesga. (BOP-2021-5315)
BOP-2021-5315 Acuerdo del Pleno de fecha 24 de septiembre de 2021 del Ayuntamiento de La Pesga por el que se aprueba definitivamente la modificación de Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa Cementerio y Velatorio Municipal.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de La Pesga
ANUNCIO. Acuerdo del Pleno de fecha 24 de septiembre de 2021 del
Ayuntamiento de La Pesga por el que se aprueba definitivamente la modificación
de Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa Cementerio y Velatorio Municipal.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento
sobre la modificación de Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa para regular el uso del
Velatorio Municipal, su apertura y vigilancia, cuyo texto íntegro se hace público en
cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
«ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE
CEMENTERIO Y VELATORIO MUNICIPALES
ARTÍCULO 1. Fundamento Legal y Naturaleza.
En uso de las facultades contenidas en los artículos 133.2 y 142 de la Constitución Española,
de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 105 y 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos
15 a 27, y 57 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, esta Ordenanza regula la tasa
por la utilización del servicio de Cementerio y de Velatorio del municipio de La Pesga.
ARTÍCULO 2. Hecho Imponible.
Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación de servicios de cementerio que se
indican en el artículo 6º, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Policía Sanitario
y Mortuoria aprobado por Decreto 161/2002, de 19 de noviembre de la Consejería de Sanidad
y Consumo de la Junta de Extremadura, así como el uso del Velatorio Municipal.
CVE:
BOP-2021-5315
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 30 de noviembre de 2021
N.º 0228
Pág. 22495
Ayuntamientos
Ayuntamiento de La Pesga
ANUNCIO. Acuerdo del Pleno de fecha 24 de septiembre de 2021 del
Ayuntamiento de La Pesga por el que se aprueba definitivamente la modificación
de Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa Cementerio y Velatorio Municipal.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento
sobre la modificación de Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa para regular el uso del
Velatorio Municipal, su apertura y vigilancia, cuyo texto íntegro se hace público en
cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
«ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE
CEMENTERIO Y VELATORIO MUNICIPALES
ARTÍCULO 1. Fundamento Legal y Naturaleza.
En uso de las facultades contenidas en los artículos 133.2 y 142 de la Constitución Española,
de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 105 y 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos
15 a 27, y 57 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, esta Ordenanza regula la tasa
por la utilización del servicio de Cementerio y de Velatorio del municipio de La Pesga.
ARTÍCULO 2. Hecho Imponible.
Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación de servicios de cementerio que se
indican en el artículo 6º, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Policía Sanitario
y Mortuoria aprobado por Decreto 161/2002, de 19 de noviembre de la Consejería de Sanidad
y Consumo de la Junta de Extremadura, así como el uso del Velatorio Municipal.
CVE:
BOP-2021-5315
Verificable
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Martes, 30 de noviembre de 2021
N.º 0228
Pág. 22495