Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera. (BOP-2021-5312)
BOP-2021-5312 Bases para la provisión, como funcionario/a de carrera, por el sistema de Concurso-Oposición y por el turno de promoción interna, de una plaza de Técnico de Gestión Administrativa.
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En el caso de que el informe dictamine que carece de la capacidad funcional para el
desempeño de las tareas propias de la Categoría/ Especialidad, el/la aspirante no podrá
adquirir la condición de funcionario/a de carrera, quedando sin efecto todas las actuaciones en
cuanto a él/ella se refiere.
En este supuesto, el informe dará lugar a una resolución de la Alcaldía por la que se
determinará la pérdida del derecho por falta de capacidad funcional. Dicha resolución se
notificará al/a aspirante, otorgándole el plazo de 5 días hábiles para realizar alegaciones.
3. Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos expresados
anteriormente, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria
mediante cualquier medio de prueba admitido en Derecho.
5. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaren la
documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos
señalados en la base segunda, no podrán ser contratados/as, quedando anuladas sus
actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad
en su solicitud de participación.
Decima. Nombramiento como funcionario/a de carrera.
Terminado el plazo de presentación de documentos la Alcaldía-Presidencia procederá al
nombramiento de los/as aspirantes que hayan superado la fase de oposición y que, habiendo
aportado éstos, reúnan los requisitos exigidos para acceder a las nuevas plazas
En el supuesto de que el/a aspirante inicialmente propuesto no reuniera los requisitos exigidos,
renunciara a la plaza o no pudiera llevarse a efecto la formalización del contrato por cualquier
razón, la Alcaldía declarará aprobado al/a siguiente aspirante de la lista de puntuaciones finales
confeccionada por el tribunal y procederá a requerirle la documentación antes señalada.
Undécima. Toma de posesión.
Los/las aspirantes nombrados/as deberán tomar posesión de su cargo en el plazo de treinta
días hábiles, contados desde el siguiente al de la notificación del nombramiento definitivo.
Para la toma de posesión, el/la interesado/a comparecerá en la fecha y hora que se señale.
Quien, sin causa justificada no tomara posesión dentro del plazo señalado, quedará en la
situación de cesante, con pérdida de todos los derechos derivados de la convocatoria y del
subsiguiente nombramiento conferido.
CVE:
BOP-2021-5312
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 30 de noviembre de 2021
N.º 0228
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