Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-5289)
BOP-2021-5289 Convocatoria para la elaboración de una bolsa de empleo de Conductor/a de Vehículos Pesados.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Copia del certificado del curso en el que conste el organismo o la entidad que convocó e
impartió dicha actividad formativa, que está acogido al Acuerdo de Formación para el
empleo de las Administraciones Públicas, las fechas de realización, contenido del curso, y
número de créditos y/o horas asignados, o mediante.
Copia del diploma en el que conste, además de la información anterior el logotipo de la
Comisión de Formación Continuada, en el supuesto de que no constase que está acogido
al Acuerdo de Formación para el empleo de las Administraciones Públicas.
Ello no obstante, el órgano de selección se reserva el derecho de poder exigir al
aspirante cualquier documentación complementaria.
La valoración se realizará de acuerdo con el siguiente baremo:
C.2- Por asistir:
C.2.A.- Formación específica:
Estar en posesión del carnet ADR Básico (Mercancías Peligrosas): 0,3 Puntos.
Resto de especialidades (Cisterna, explosivos y radiactivos puntuarán como formación y
a razón de 1 crédito cada 10 horas): 0,03 puntos por crédito.
Formación acreditada de al menos 20 horas como operador de Plataformas Elevadoras
(PEMP) según el Real Decreto 1215/1997 sobre la utilización de Equipos de Trabajo: 0,3
Puntos.
Formación acreditada de al menos 20 horas en CARGA Y ESTIBA conforme a lo
establecido en el Real Decreto 563/2017, de 2 de junio, por el que se regulan las
inspecciones técnicas en carretera de vehículos comerciales que circulan en territorio
español. 0,3 Puntos.
C.2.B.- Formación general:
Actividades formativas realizados de menos de 10 horas: 0,02 puntos por cada
actividad formativa.
Aquellas actividades formativas que no especifiquen número de horas, ni días, se
valorarán con 0,02 puntos.
Se valorarán con 0,03 puntos cada crédito de cada uno de las demás actividades
formativas presentados por los aspirantes. Estableciéndose la equivalencia de 1
crédito con 10 horas.
Para el caso de que el certificado o diploma indique los créditos y las horas de duración,
la valoración se realizará siempre por los créditos que figuren en éste.
C.3- Por impartir:
La puntuación máxima alcanzable por este merito, dentro del apartado de formación
será de 0,192 de acuerdo con la siguiente baremación:
CVE:
BOP-2021-5289
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 29 de noviembre de 2021
N.º 0227
Pág. 22350
impartió dicha actividad formativa, que está acogido al Acuerdo de Formación para el
empleo de las Administraciones Públicas, las fechas de realización, contenido del curso, y
número de créditos y/o horas asignados, o mediante.
Copia del diploma en el que conste, además de la información anterior el logotipo de la
Comisión de Formación Continuada, en el supuesto de que no constase que está acogido
al Acuerdo de Formación para el empleo de las Administraciones Públicas.
Ello no obstante, el órgano de selección se reserva el derecho de poder exigir al
aspirante cualquier documentación complementaria.
La valoración se realizará de acuerdo con el siguiente baremo:
C.2- Por asistir:
C.2.A.- Formación específica:
Estar en posesión del carnet ADR Básico (Mercancías Peligrosas): 0,3 Puntos.
Resto de especialidades (Cisterna, explosivos y radiactivos puntuarán como formación y
a razón de 1 crédito cada 10 horas): 0,03 puntos por crédito.
Formación acreditada de al menos 20 horas como operador de Plataformas Elevadoras
(PEMP) según el Real Decreto 1215/1997 sobre la utilización de Equipos de Trabajo: 0,3
Puntos.
Formación acreditada de al menos 20 horas en CARGA Y ESTIBA conforme a lo
establecido en el Real Decreto 563/2017, de 2 de junio, por el que se regulan las
inspecciones técnicas en carretera de vehículos comerciales que circulan en territorio
español. 0,3 Puntos.
C.2.B.- Formación general:
Actividades formativas realizados de menos de 10 horas: 0,02 puntos por cada
actividad formativa.
Aquellas actividades formativas que no especifiquen número de horas, ni días, se
valorarán con 0,02 puntos.
Se valorarán con 0,03 puntos cada crédito de cada uno de las demás actividades
formativas presentados por los aspirantes. Estableciéndose la equivalencia de 1
crédito con 10 horas.
Para el caso de que el certificado o diploma indique los créditos y las horas de duración,
la valoración se realizará siempre por los créditos que figuren en éste.
C.3- Por impartir:
La puntuación máxima alcanzable por este merito, dentro del apartado de formación
será de 0,192 de acuerdo con la siguiente baremación:
CVE:
BOP-2021-5289
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 29 de noviembre de 2021
N.º 0227
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