Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ibahernando. (BOP-2021-5266)
BOP-2021-5266 Acuerdo de Carrera Profesional Horizontal.
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Ayuntamiento de Ibahernando
interesado, de la siguiente manera:
NIVELES NIVEL I NIVEL II NIVELIII NIVEL IV
FECHA VIGOR 2021 2022 2023 2024
Disposiciones transitorias.
Primera. Los empleados públicos que se encuentren en la situación de servicio
activo y presten servicio en el Ayuntamiento de Ibahernando, podrán solicitar el
reconocimiento del nivel I a partir de que adquiera firmeza el presente acuerdo
previa publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres. El reconocimiento
se hará en el puesto a que se hace referencia en el apartado 4.2 del presente
acuerdo, en que el empleado público se encuentre en activo, o desde el que haya
accedido en su caso a la situación de servicios especiales, excedencia por cuidado
de familiares y excedencia por razón de violencia de género, computándose como
ejercicio profesional efectivamente desempeñado el tiempo que haya permanecido
en esas situaciones, o el tiempo dedicado a funciones sindicales o representación
de personal, el reconocimiento de los demás niveles de conformidad con el
calendario establecido en el apartado 10 de este acuerdo.
Segunda.- Excepcionalmente y por una sola vez solo se tendrá en cuenta el tiempo
de ejercicio profesional para el acceso a este nivel que será reconocido
directamente por la Alcaldía.
La composición de la Comisión Evaluadora que deberá actuar en lo sucesivo, así
como la determinación de los requisitos y méritos necesarios para acceder a los
distintos grados y niveles, deberá establecerse y aprobarse por el Pleno del
Ayuntamiento de Ibahernando para que resulte operativa a los efectos que se
acuerdan.
Tercera.- Cuando se dicte una nueva Ley de la Función Pública de Extremadura o
modificación de la vigente en desarrollo de la carrera profesional, establecida en la
Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, el contenido
de este acuerdo se adaptará a las disposiciones de la misma que sean de aplicación
obligatoria para el Ayuntamiento.
Disposición final.
El presente acuerdo, tras su aprobación por el Pleno entrará en vigor con su
publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, adquiriendo desde entonces eficacia
obligacional y normativa y vinculando directamente a las partes.
En Ibahernando, a fecha de la firma electrónica.
La Alcaldesa
Fdo.: Dª. María Isabel Muñoz Barrado.
DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE
Ayuntamiento de Ibahernando
Plaza de la Fontanilla, 13, Ibahernando. 10280 (Cáceres). Tfno. 927330011. Fax: 927330124
Cód.
Validación:
AAYLSP3ETA39KZQAYGMRR6EJC
|
Verificación:
https://ibahernando.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2021-5266
Verificable
en:
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Viernes, 26 de noviembre de 2021
N.º 0226
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