Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Portaje. (BOP-2021-5242)
BOP-2021-5242 Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por recogida de residuos sólidos urbanos y eliminación de los mismos.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Portaje
ANUNCIO. Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza Fiscal
Reguladora de la Tasa por recogida de residuos sólidos urbanos y eliminación
de los mismos.
Por acuerdo del Pleno Municipal de Portaje, adoptado en sesión ordinaria celebrada el 30 de
Septiembre de 2021, se aprobó la modificación de la Tasa por recogida de residuos sólidos
urbanos y eliminación de los mismos.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo en que ha permanecido expuesto al
público, dicho acuerdo queda automáticamente elevado a definitivo, cuyo texto íntegro se hace
público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,
por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
«ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR RECOGIDA DE RESIDUOS SOLIDOS
URBANOS Y ELIMINACIÓN DE LOS MISMOS.
Articulo 1. Fundamento y naturaleza.
1.- En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el
artículo 106 de la Ley 7/85, de 2 de Abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y de
conformidad con lo previsto en el artículo 20.4 s) de la Ley 39/88, de 28 de Diciembre,
Reguladora de las Haciendas Locales, modificada por la Ley 25/1998, de 13 de julio, de
modificación del régimen legal de las Tasas Estatales y Locales y de Reordenación de las
Prestaciones Patrimoniales de Carácter Público, este Ayuntamiento establece la " TASA POR
LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS, Y
ELIMINACIÓN DE LOS MISMOS", que se regirá por la presente Ordenanza Fiscal, cuyas
normas atienden a lo prevenido en el art. 58 de la cita Ley 39/88.
Articulo 2.- Hecho imponible.
1. Constituye el hecho imponible de la Tasa la prestación del servicio de recepción obligatoria
de recogida de basuras domiciliarias y residuos sólidos urbanos de viviendas, alojamientos y
CVE:
BOP-2021-5242
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 25 de noviembre de 2021
N.º 0225
Pág. 22202
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Portaje
ANUNCIO. Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza Fiscal
Reguladora de la Tasa por recogida de residuos sólidos urbanos y eliminación
de los mismos.
Por acuerdo del Pleno Municipal de Portaje, adoptado en sesión ordinaria celebrada el 30 de
Septiembre de 2021, se aprobó la modificación de la Tasa por recogida de residuos sólidos
urbanos y eliminación de los mismos.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo en que ha permanecido expuesto al
público, dicho acuerdo queda automáticamente elevado a definitivo, cuyo texto íntegro se hace
público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,
por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
«ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR RECOGIDA DE RESIDUOS SOLIDOS
URBANOS Y ELIMINACIÓN DE LOS MISMOS.
Articulo 1. Fundamento y naturaleza.
1.- En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el
artículo 106 de la Ley 7/85, de 2 de Abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y de
conformidad con lo previsto en el artículo 20.4 s) de la Ley 39/88, de 28 de Diciembre,
Reguladora de las Haciendas Locales, modificada por la Ley 25/1998, de 13 de julio, de
modificación del régimen legal de las Tasas Estatales y Locales y de Reordenación de las
Prestaciones Patrimoniales de Carácter Público, este Ayuntamiento establece la " TASA POR
LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS, Y
ELIMINACIÓN DE LOS MISMOS", que se regirá por la presente Ordenanza Fiscal, cuyas
normas atienden a lo prevenido en el art. 58 de la cita Ley 39/88.
Articulo 2.- Hecho imponible.
1. Constituye el hecho imponible de la Tasa la prestación del servicio de recepción obligatoria
de recogida de basuras domiciliarias y residuos sólidos urbanos de viviendas, alojamientos y
CVE:
BOP-2021-5242
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 25 de noviembre de 2021
N.º 0225
Pág. 22202