Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Carcaboso. (BOP-2021-5229)
BOP-2021-5229 Aprobación definitiva Ordenanza Fiscal reguladora del IVTM. Expt. 294/2021.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Carcaboso
ANUNCIO. Aprobación definitiva Ordenanza Fiscal reguladora del IVTM. Expt.
294/2021.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, al anuncio
de aprobación inicial publicado en el Boletín Oficial de la Provincia n.º 193 de 8 de Octubre de
2021, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de fecha 30 de
Septiembre de 2021 provisional del Ayuntamiento de Carcaboso sobre la Ordenanza Fiscal
Reguladora del I.V.T.M (Expediente 294/2021)., publicándose a continuación el texto íntegro en
cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que
se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IVTM.
Artículo 1. NORMATIVA APLICABLE.
El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, se regirá en este municipio:
a. Por las normas reguladoras del mismo, contenidas en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de
5 de marzo del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales; y por las
demás disposiciones legales y reglamentarias que complementen y desarrollen dicha Ley.
b.Por la presente Ordenanza fiscal.
Artículo 2. NATURALEZA Y HECHO IMPONIBLE.
1. El impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica es un tributo directo, que grava la
titularidad de los vehículos de esta naturaleza, aptos para circular por las vías públicas,
cualesquiera que sean su clase y categoría.
2. Se considera vehículo apto para la circulación el que hubiera sido matriculado en los
Registros públicos correspondientes y mientras no haya causado baja en los mismos. A los
efectos de este impuesto también se considerarán aptos los vehículos provistos de permisos
temporales y matrícula turística.
CVE:
BOP-2021-5229
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 25 de noviembre de 2021
N.º 0225
Pág. 22134
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Carcaboso
ANUNCIO. Aprobación definitiva Ordenanza Fiscal reguladora del IVTM. Expt.
294/2021.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, al anuncio
de aprobación inicial publicado en el Boletín Oficial de la Provincia n.º 193 de 8 de Octubre de
2021, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de fecha 30 de
Septiembre de 2021 provisional del Ayuntamiento de Carcaboso sobre la Ordenanza Fiscal
Reguladora del I.V.T.M (Expediente 294/2021)., publicándose a continuación el texto íntegro en
cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que
se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IVTM.
Artículo 1. NORMATIVA APLICABLE.
El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, se regirá en este municipio:
a. Por las normas reguladoras del mismo, contenidas en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de
5 de marzo del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales; y por las
demás disposiciones legales y reglamentarias que complementen y desarrollen dicha Ley.
b.Por la presente Ordenanza fiscal.
Artículo 2. NATURALEZA Y HECHO IMPONIBLE.
1. El impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica es un tributo directo, que grava la
titularidad de los vehículos de esta naturaleza, aptos para circular por las vías públicas,
cualesquiera que sean su clase y categoría.
2. Se considera vehículo apto para la circulación el que hubiera sido matriculado en los
Registros públicos correspondientes y mientras no haya causado baja en los mismos. A los
efectos de este impuesto también se considerarán aptos los vehículos provistos de permisos
temporales y matrícula turística.
CVE:
BOP-2021-5229
Verificable
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Jueves, 25 de noviembre de 2021
N.º 0225
Pág. 22134