Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Tiétar. (BOP-2021-4548)
BOP-2021-4548 Aprobación definitiva Ordenanza reguladora del funcionamiento de la pista de pádel y precio público de utilización.
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Constitución.
7. Existirá un libro donde se realizarán las reservas. En él se escribirá el nombre y apellidos
del/a usuario/a a que hace la reserva y la fecha de la misma.
8. Si transcurridos quince minutos de la hora reservada, el/la usuario/a no hace uso de la pista,
se tendrá por cancelada la reserva, pudiendo disponer sobre su uso el personal encargado de
la instalación.
9. La reiteración en esta conducta podrá ser sancionada en la forma prevista en esta
Ordenanza.
10. Si por causa imputable al Ayuntamiento, tuviera que cancelarse una reserva, los/las
afectados/as tendrán derecho a recuperar el precio abonado.
Artículo 5.- NORMAS DE FUNCIONAMIENTO.
1. El horario de uso de la pista de pádel será de 10:00 a 22:00. No obstante, este horario podrá
ser adaptado por Resolución de Alcaldía en función de las posibilidades del centro y de
temporada de verano o invierno.
2. El Ayuntamiento de Tiétar no se hará responsable de la pérdida, robo o extravío de cualquier
objeto que se deje en las pistas de pádel.
3. El Ayuntamiento podrá restringir las reservas en determinadas horas o días para la
realización de actividades programadas, labores de mantenimiento o eventos deportivos que
obliguen a su reserva.
4. El/la usuario/a de la pista de pádel deberá:
Reservar la pista de pádel y abonar el precio púbico conforme señala el Artículo 4 de
esta Ordenanza.
Cerrar la pista de pádel una vez concluya la práctica deportiva reservada.
Cuidar de que el uso de la pista sea acorde con esta Ordenanza.
Devolver las llaves de la pista de pádel inmediatamente después de hacer uso de la
reserva.
Proponer a la Corporación Municipal medidas adecuadas para el mejor funcionamiento.
CVE:
BOP-2021-4548
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 7 de octubre de 2021
N.º 0192
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