Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Membrío. (BOP-2021-4470)
BOP-2021-4470 Bases Convocatoria Plaza de Alguacil Servicios Múltiples.
24 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de
participación.
La resolución de nombramiento será adoptada por la Alcaldía a favor del/a aspirante
propuesto/a por el Tribunal, quien deberá tomar posesión o incorporarse en el plazo
establecido por la ley.
La condición de personal laboral se adquiere por el cumplimiento sucesivo de los siguientes
requisitos:
a) Superación del proceso selectivo.
b) Nombramiento por el órgano o autoridad competente, que será publicado en el Diario
Oficial correspondiente.
c) Acto de acatamiento de la Constitución y, en su caso, del Estatuto de Autonomía
correspondiente y del resto del Ordenamiento Jurídico.
A efectos de lo dispuesto en el apartado 1.b) anterior, no podrán ser personal laboral y
quedarán sin efecto las actuaciones relativas a quienes no acrediten, una vez superado el
proceso selectivo, que reúnen los requisitos y condiciones exigidos en la convocatoria (artículo
62 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del/a Empleado/a Público/a.
NOVENA. Incompatibilidades.
Los/as aspirantes propuestos/as quedarán sujetos/as, en su caso, al cumplimiento de las
prescripciones contenidas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del
Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, y demás normativa aplicable.
DÉCIMA. Incidencias.
Las presentes bases y convocatoria podrá ser impugnada de conformidad con lo establecido
en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por
los/as interesados/as recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-
Administrativo de Cáceres a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en Boletín
Oficial de la Provincia (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
CVE:
BOP-2021-4470
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 5 de octubre de 2021
N.º 0190
Pág. 19720
participación.
La resolución de nombramiento será adoptada por la Alcaldía a favor del/a aspirante
propuesto/a por el Tribunal, quien deberá tomar posesión o incorporarse en el plazo
establecido por la ley.
La condición de personal laboral se adquiere por el cumplimiento sucesivo de los siguientes
requisitos:
a) Superación del proceso selectivo.
b) Nombramiento por el órgano o autoridad competente, que será publicado en el Diario
Oficial correspondiente.
c) Acto de acatamiento de la Constitución y, en su caso, del Estatuto de Autonomía
correspondiente y del resto del Ordenamiento Jurídico.
A efectos de lo dispuesto en el apartado 1.b) anterior, no podrán ser personal laboral y
quedarán sin efecto las actuaciones relativas a quienes no acrediten, una vez superado el
proceso selectivo, que reúnen los requisitos y condiciones exigidos en la convocatoria (artículo
62 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del/a Empleado/a Público/a.
NOVENA. Incompatibilidades.
Los/as aspirantes propuestos/as quedarán sujetos/as, en su caso, al cumplimiento de las
prescripciones contenidas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del
Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, y demás normativa aplicable.
DÉCIMA. Incidencias.
Las presentes bases y convocatoria podrá ser impugnada de conformidad con lo establecido
en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por
los/as interesados/as recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-
Administrativo de Cáceres a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en Boletín
Oficial de la Provincia (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
CVE:
BOP-2021-4470
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 5 de octubre de 2021
N.º 0190
Pág. 19720