Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Municipios Campo Arañuelo. (BOP-2021-4325)
BOP-2021-4325 Reglamento de Régimen Interno de Proyecto de Formación en Alternancia con el Empleo Escuelas Profesionales Duales de Extremadura. Escuela Profesional Dual "Campo Arañuelo Limpio y Seguro".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Se entenderán por deberes inexcusables de carácter público y personal los siguientes:
La asistencia a consulta médica, que deberá acreditarse mediante parte del/a
facultativo/a en la que se hagan constar las horas de asistencia y consulta.
El acompañamiento a consulta médica de hijos/as menores de edad o personas bajo su
custodia legal, que deberá acreditarse mediante parte del/a facultativo/a en la que se
hagan constar las horas de citación y consulta.
La celebración de exámenes (permiso de conducir, oposiciones, exámenes de centros
oficiales de formación), que deberán acreditarse mediante permiso del órgano
competente en la que se hagan constar las horas de inicio y finalización.
La renovación del D.N.I. o carnet de conducir, que deberán acreditarse mediante las
citaciones correspondientes.
La comparecencia a demanda de juzgados, que deberá acreditarse mediante la citación
correspondiente.
Aquellos otros reconocidos por norma legal o convencional.
No se concederá permiso retribuido para la realización de cualesquiera actividades anteriores
cuando puedan llevarse a cabo en horario distinto de la jornada de trabajo.
e) Para realizar funciones sindicales o de representación del personal en los términos
establecidos legal o convencionalmente.
f) Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de
preparación al parto que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo.
g) Las trabajadoras, por lactancia de un hijo/a menor de nueve meses, tendrán derecho a una
hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones. La mujer, por su voluntad,
podrá sustituir este derecho por una reducción de su jornada en media hora con la misma
finalidad. Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o el padre en caso de
que ambos trabajen.
h) Quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún/a menor de seis años o
un minusválido/a físico/a, psíquico/a o sensorial, que no desempeñe una actividad retribuida,
tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo, con la disminución proporcional del
salario entre, al menos, un tercio y un máximo de la mitad de la duración de aquélla.
Tendrá el mismo derecho quien precise encargarse del cuidado directo de un/a familiar, hasta
el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o
enfermedad no pueda valerse por sí mismo/a, y que no desempeñe actividad retribuida.
CVE:
BOP-2021-4325
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 23 de septiembre de 2021
N.º 0182
Pág. 19142
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Se entenderán por deberes inexcusables de carácter público y personal los siguientes:
La asistencia a consulta médica, que deberá acreditarse mediante parte del/a
facultativo/a en la que se hagan constar las horas de asistencia y consulta.
El acompañamiento a consulta médica de hijos/as menores de edad o personas bajo su
custodia legal, que deberá acreditarse mediante parte del/a facultativo/a en la que se
hagan constar las horas de citación y consulta.
La celebración de exámenes (permiso de conducir, oposiciones, exámenes de centros
oficiales de formación), que deberán acreditarse mediante permiso del órgano
competente en la que se hagan constar las horas de inicio y finalización.
La renovación del D.N.I. o carnet de conducir, que deberán acreditarse mediante las
citaciones correspondientes.
La comparecencia a demanda de juzgados, que deberá acreditarse mediante la citación
correspondiente.
Aquellos otros reconocidos por norma legal o convencional.
No se concederá permiso retribuido para la realización de cualesquiera actividades anteriores
cuando puedan llevarse a cabo en horario distinto de la jornada de trabajo.
e) Para realizar funciones sindicales o de representación del personal en los términos
establecidos legal o convencionalmente.
f) Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de
preparación al parto que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo.
g) Las trabajadoras, por lactancia de un hijo/a menor de nueve meses, tendrán derecho a una
hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones. La mujer, por su voluntad,
podrá sustituir este derecho por una reducción de su jornada en media hora con la misma
finalidad. Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o el padre en caso de
que ambos trabajen.
h) Quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún/a menor de seis años o
un minusválido/a físico/a, psíquico/a o sensorial, que no desempeñe una actividad retribuida,
tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo, con la disminución proporcional del
salario entre, al menos, un tercio y un máximo de la mitad de la duración de aquélla.
Tendrá el mismo derecho quien precise encargarse del cuidado directo de un/a familiar, hasta
el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o
enfermedad no pueda valerse por sí mismo/a, y que no desempeñe actividad retribuida.
CVE:
BOP-2021-4325
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 23 de septiembre de 2021
N.º 0182
Pág. 19142