Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montehermoso. (BOP-2021-4317)
BOP-2021-4317 Convocatoria y Bases de las Ayudas de Suministro de Mínimos Vitales en el ejercicio 2021.
28 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.

unidad de convivencia. o Certificados de prestaciones del SEPE de todos/as los/as
miembros de la unidad de convivencia mayores de 16 años.
Los/as solicitantes de las ayudas quedan exonerados/as de la obligación de acreditar
estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la
Seguridad Social exigida en el artículo 13.2 e) de la Ley General de Subvenciones
38/2003, por las particulares circunstancias de emergencia social o de especial
necesidad que motivan su petición.
4. Si las solicitudes presentadas no reúnen los requisitos establecidos o no acompañan la
documentación exigida en la presente convocatoria, se requerirá al/a interesado/a para que
subsane la solicitud o aporte la documentación en el plazo máximo e improrrogable de 10 días,
indicándole/a que si no lo hiciese se le/la tendrá por desistido/a de su solicitud.
VII. OBLIGACIONES DE LOS/AS SOLICITANTES.
a) Permitir y facilitar la actuación de los Servicios Sociales de Atención Social Básica y del
personal del órgano concedente para comprobar el cumplimiento de los requisitos para ser
beneficiario/a de esta ayuda, aportando cuanta información les/as sea requerida.
b) Comunicar, en el plazo máximo de 10 días hábiles desde que se produzcan, los cambios en
las circunstancias económicas, de convivencia o de cualquier otro tipo que pudieran dar lugar a
la denegación de la ayuda.
c) Solicitar con carácter previo cualesquiera otras prestaciones, subvenciones o ayudas a las
que pudiera tener derecho la persona solicitante o los/as restantes miembros de la unidad de
convivencia.
d) Consentir la transmisión de sus datos a las entidades suministradoras para la tramitación y
el pago de la ayuda, sin perjuicio del ejercicio de los derechos de acceso, rectificación,
cancelación, y/u oposición, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5
de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
e) Comparecer ante la Administración y colaborar con la misma cuando sean requeridas por
cualquiera de los organismos competentes en materia de servicios sociales.
f) Justificar la realización del gasto al fin que motiva la concesión de la prestación económica.
La justificación del gasto de las bombonas de gas se acreditará con las facturas de los pagos y
gastos realizados, que deberá presentarse en el Servicio Social de Atención Social Básica en
el plazo máximo de quince días desde la comunicación o publicación de la Resolución por la
que se otorga la ayuda.
CVE:
BOP-2021-4317
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 23 de septiembre de 2021
N.º 0182
Pág. 19105