Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montehermoso. (BOP-2021-4317)
BOP-2021-4317 Convocatoria y Bases de las Ayudas de Suministro de Mínimos Vitales en el ejercicio 2021.
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b) Comunicar, en el plazo máximo de 10 días hábiles desde que se produzcan, los cambios en
las circunstancias económicas, de convivencia o de cualquier otro tipo que pudieran dar lugar a
la denegación de la ayuda.
c) Solicitar con carácter previo cualesquiera otras prestaciones, subvenciones o ayudas a las
que pudiera tener derecho la persona solicitante o los/as restantes miembros de la unidad de
convivencia.
d) Consentir la transmisión de sus datos a las entidades suministradoras para la tramitación y
el pago de la ayuda, sin perjuicio del ejercicio de los derechos de acceso, rectificación,
cancelación, y/u oposición, de conformidad con lo dispuesto en la Ley.
e) Comparecer ante la Administración y colaborar con la misma cuando sean requeridas por
cualquiera de los organismos competentes en materia de servicios sociales.
f) Justificar la realización del gasto al fin que motiva la concesión de la prestación económica.
La justificación del gasto de las bombonas de gas se acreditará con las facturas de los pagos y
gastos realizados, que deberá presentarse en el Servicio Social de Atención Social Básica en
el plazo máximo de quince días desde la comunicación o publicación de la Resolución por la
que se otorga la ayuda.
g) Reintegrar el importe de las cantidades indebidamente percibidas o no aplicadas al fin que
motivó su concesión.
h) Solicitar el bono social en el caso de cumplir los requisitos establecidos en la normativa
estatal para ser beneficiario/a del mismo.
OCTAVA. FINANCIACIÓN, CRÉDITO PRESUPUESTARIO Y CUANTÍA.
Vista Resolución de 23 de Marzo de 2021 (regulada en el Decreto 11/2021, de 17 de Marzo) de
la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura, se ha concedido al
Ayuntamiento de Montehermoso, una subvención por importe de 22.297,05 €, con cargo a los
presupuestos generales de la Comunidad Autónoma para dicho año, destinada a garantizar a
los/as ciudadanos/as de Montehermoso, el derecho al acceso a los suministros mínimos
vitales.
La financiación de las citadas ayudas, por el importe mencionado, será con cargo a la partida
presupuestaría 231.481.03 subordinada a la existencia de crédito para 2021.
CVE:
BOP-2021-4317
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 23 de septiembre de 2021
N.º 0182
Pág. 19120
las circunstancias económicas, de convivencia o de cualquier otro tipo que pudieran dar lugar a
la denegación de la ayuda.
c) Solicitar con carácter previo cualesquiera otras prestaciones, subvenciones o ayudas a las
que pudiera tener derecho la persona solicitante o los/as restantes miembros de la unidad de
convivencia.
d) Consentir la transmisión de sus datos a las entidades suministradoras para la tramitación y
el pago de la ayuda, sin perjuicio del ejercicio de los derechos de acceso, rectificación,
cancelación, y/u oposición, de conformidad con lo dispuesto en la Ley.
e) Comparecer ante la Administración y colaborar con la misma cuando sean requeridas por
cualquiera de los organismos competentes en materia de servicios sociales.
f) Justificar la realización del gasto al fin que motiva la concesión de la prestación económica.
La justificación del gasto de las bombonas de gas se acreditará con las facturas de los pagos y
gastos realizados, que deberá presentarse en el Servicio Social de Atención Social Básica en
el plazo máximo de quince días desde la comunicación o publicación de la Resolución por la
que se otorga la ayuda.
g) Reintegrar el importe de las cantidades indebidamente percibidas o no aplicadas al fin que
motivó su concesión.
h) Solicitar el bono social en el caso de cumplir los requisitos establecidos en la normativa
estatal para ser beneficiario/a del mismo.
OCTAVA. FINANCIACIÓN, CRÉDITO PRESUPUESTARIO Y CUANTÍA.
Vista Resolución de 23 de Marzo de 2021 (regulada en el Decreto 11/2021, de 17 de Marzo) de
la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura, se ha concedido al
Ayuntamiento de Montehermoso, una subvención por importe de 22.297,05 €, con cargo a los
presupuestos generales de la Comunidad Autónoma para dicho año, destinada a garantizar a
los/as ciudadanos/as de Montehermoso, el derecho al acceso a los suministros mínimos
vitales.
La financiación de las citadas ayudas, por el importe mencionado, será con cargo a la partida
presupuestaría 231.481.03 subordinada a la existencia de crédito para 2021.
CVE:
BOP-2021-4317
Verificable
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