Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Miajadas. (BOP-2021-4302)
BOP-2021-4302 Bases que regirán la Convocatoria de la Bolsa de Trabajo de Emergencia Social del Excmo. Ayuntamiento de Miajadas para el ejercicio 2021.
20 páginas totales
Página
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Plaza de España, 10, 10100, Miajadas (Cáceres) / Tfno.: 927 347 000 – Fax: 927 160 546 / https://miajadas.org
Expediente nº: PS/14/2020 Página 10 de 12
Procedimiento:
BASES QUE REGIRÁN LA CONVOCATORIA DE LA BOLSA DE TRABAJO DE EMERGENCIA SOCIAL DEL
EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MIAJADAS.
Descripción: MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN DE EMPLEO
Firmas digitales: ALCALDE
contactos llevados a cabo para la localización de los integrantes, así como en su caso, de las
respuestas recibidas por parte de estos.
Una vez avisado el candidato, se dará un plazo de 3 días hábiles para presentar los méritos alegados
en su solicitud, que en el caso de no corresponder con los méritos alegados será excluido
automáticamente de la Bolsa de trabajo y se avisará al siguiente candidato.
Cuando un/a desempleado/a sea llamado/a para un posible contrato y no comparezca o renuncie
sin causa justificada, quedará automáticamente excluido definitivamente de la bolsa. En caso de
renuncia justificada, pasará a ocupar el último puesto.
El procedimiento a seguir, previo a la incorporación a la Bolsa, será el siguiente:
1. Dos llamadas de teléfono a los teléfonos incluidos en la solicitud. El solicitante tendrá la
obligación de comunicar cualquier cambio de teléfono o dirección de correo electrónico.
2. Si no responde a ninguna de las dos llamadas se enviará un SMS o email a la dirección de
Correo Electrónico facilitado por el solicitante, que será obligatorio, teniendo como plazo
máximo para contestar un periodo de 24 horas.
3. Si no contesta a los medios anteriores, se le realizarán dos intentos de notificación personal
escrita en el domicilio. Tendrá un periodo máximo para contestar de 24 horas.
Si no fuera posible contactar con el candidato/a por ninguno de los medios, pasará al último lugar en
el orden de la bolsa.
En circunstancias excepcionales de emergencia, cuando sea necesario que el candidato comience
a trabajar el mismo día o el siguiente, se llamará al candidato o candidata que corresponda, según
orden de prelación, debiendo aceptar o rechazar la oferta en la misma llamada. En caso de rechazar
la oferta o no atender el teléfono deberá de presentar escrito motivado en el Registro de Entrada del
Ayuntamiento en un plazo de 5 días hábiles, para mantener el mismo puesto en la Bolsa, en caso
contrario pasará al último lugar de la lista.
Con carácter general, serán causas justificadas para no incorporarse al requerimiento de
contratación, las que a continuación se expresan:
x Causas de enfermedad debidamente acreditadas por un médico de Asistencia Sanitaria, o
situación de baja por incapacidad temporal del interesado con fecha anterior al momento de
la comunicación de la oferta de trabajo.
x Por enfermedad muy grave del cónyuge o familiar hasta el 1º grado de consanguinidad o
afinidad acreditada por certificado y libro de familia.
Documento
Firmado
Electrónicamente
-
CSV:FA4BE56A-29C6-4583-8D6C-3D74F4F09064-387972
CVE:
BOP-2021-4302
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 22 de septiembre de 2021
N.º 0181
Pág. 19062
Expediente nº: PS/14/2020 Página 10 de 12
Procedimiento:
BASES QUE REGIRÁN LA CONVOCATORIA DE LA BOLSA DE TRABAJO DE EMERGENCIA SOCIAL DEL
EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MIAJADAS.
Descripción: MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN DE EMPLEO
Firmas digitales: ALCALDE
contactos llevados a cabo para la localización de los integrantes, así como en su caso, de las
respuestas recibidas por parte de estos.
Una vez avisado el candidato, se dará un plazo de 3 días hábiles para presentar los méritos alegados
en su solicitud, que en el caso de no corresponder con los méritos alegados será excluido
automáticamente de la Bolsa de trabajo y se avisará al siguiente candidato.
Cuando un/a desempleado/a sea llamado/a para un posible contrato y no comparezca o renuncie
sin causa justificada, quedará automáticamente excluido definitivamente de la bolsa. En caso de
renuncia justificada, pasará a ocupar el último puesto.
El procedimiento a seguir, previo a la incorporación a la Bolsa, será el siguiente:
1. Dos llamadas de teléfono a los teléfonos incluidos en la solicitud. El solicitante tendrá la
obligación de comunicar cualquier cambio de teléfono o dirección de correo electrónico.
2. Si no responde a ninguna de las dos llamadas se enviará un SMS o email a la dirección de
Correo Electrónico facilitado por el solicitante, que será obligatorio, teniendo como plazo
máximo para contestar un periodo de 24 horas.
3. Si no contesta a los medios anteriores, se le realizarán dos intentos de notificación personal
escrita en el domicilio. Tendrá un periodo máximo para contestar de 24 horas.
Si no fuera posible contactar con el candidato/a por ninguno de los medios, pasará al último lugar en
el orden de la bolsa.
En circunstancias excepcionales de emergencia, cuando sea necesario que el candidato comience
a trabajar el mismo día o el siguiente, se llamará al candidato o candidata que corresponda, según
orden de prelación, debiendo aceptar o rechazar la oferta en la misma llamada. En caso de rechazar
la oferta o no atender el teléfono deberá de presentar escrito motivado en el Registro de Entrada del
Ayuntamiento en un plazo de 5 días hábiles, para mantener el mismo puesto en la Bolsa, en caso
contrario pasará al último lugar de la lista.
Con carácter general, serán causas justificadas para no incorporarse al requerimiento de
contratación, las que a continuación se expresan:
x Causas de enfermedad debidamente acreditadas por un médico de Asistencia Sanitaria, o
situación de baja por incapacidad temporal del interesado con fecha anterior al momento de
la comunicación de la oferta de trabajo.
x Por enfermedad muy grave del cónyuge o familiar hasta el 1º grado de consanguinidad o
afinidad acreditada por certificado y libro de familia.
Documento
Firmado
Electrónicamente
-
CSV:FA4BE56A-29C6-4583-8D6C-3D74F4F09064-387972
CVE:
BOP-2021-4302
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 22 de septiembre de 2021
N.º 0181
Pág. 19062