Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-4263)
BOP-2021-4263 Aprobación inicial de modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (I.V.T.M.).
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b). Los vehículos automóviles de las clases turismos, camiones, furgones, furgonetas,
vehículos mixtos adaptables, autobuses y autocares de motores eléctricos o híbridos
(motor eléctrico-gasolina, eléctrico-diesel, eléctrico-gas) que estén homologados de
fábrica incorporando dispositivos catalizadores adecuados a su clase y modelo que
minimicen las emisiones contaminantes, disfrutaran de una bonificación del 75 por ciento
de la cuota del impuesto durante dos años, incluido el de su matriculación.
3. Para poder gozar de las exenciones a que se refieren las letras d), e) y f) del apartado
primero y la bonificación de la letra b) del apartado segundo del presente artículo, los/as
interesados/as deberán instar su concesión indicando las características del vehículo, su
matrícula y causa del beneficio, acompañando copia de la ficha técnica. Declarada ésta por la
Administración Municipal, se expedirá un documento que acredite su concesión.
El efecto de la concesión de estos beneficios tributarios empieza a partir del ejercicio siguiente
a la fecha de su solicitud; y para que tengan efectividad en el mismo período impositivo en que
se produce la matriculación, su solicitud deberá presentarse antes de procederse a la misma.”
“Artículo 5.
1. El impuesto se exigirá con arreglo al siguiente cuadro de tarifas:
A) Turismos:
- De menos de 8 caballos fiscales ...........................…...……..19 euros.
- De 8 hasta 11.99 caballos fiscales .......................…………..54 euros.
- De 12 hasta 15.99 caballos fiscales ......................…...……113 euros.
- De 16 hasta 19.99 caballos fiscales .....................………….140 euros.
- De 20 caballos fiscales en adelantes ........................……....224 euros.
B) Autobuses:
- De menos de 21 plazas ..........................................…………130 euros.
- De 21 a 50 plazas ...................................................…………182 euros.
- De más de 50 plazas ..............................................…………227 euros.
CVE:
BOP-2021-4263
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 20 de septiembre de 2021
N.º 0179
Pág. 18962
vehículos mixtos adaptables, autobuses y autocares de motores eléctricos o híbridos
(motor eléctrico-gasolina, eléctrico-diesel, eléctrico-gas) que estén homologados de
fábrica incorporando dispositivos catalizadores adecuados a su clase y modelo que
minimicen las emisiones contaminantes, disfrutaran de una bonificación del 75 por ciento
de la cuota del impuesto durante dos años, incluido el de su matriculación.
3. Para poder gozar de las exenciones a que se refieren las letras d), e) y f) del apartado
primero y la bonificación de la letra b) del apartado segundo del presente artículo, los/as
interesados/as deberán instar su concesión indicando las características del vehículo, su
matrícula y causa del beneficio, acompañando copia de la ficha técnica. Declarada ésta por la
Administración Municipal, se expedirá un documento que acredite su concesión.
El efecto de la concesión de estos beneficios tributarios empieza a partir del ejercicio siguiente
a la fecha de su solicitud; y para que tengan efectividad en el mismo período impositivo en que
se produce la matriculación, su solicitud deberá presentarse antes de procederse a la misma.”
“Artículo 5.
1. El impuesto se exigirá con arreglo al siguiente cuadro de tarifas:
A) Turismos:
- De menos de 8 caballos fiscales ...........................…...……..19 euros.
- De 8 hasta 11.99 caballos fiscales .......................…………..54 euros.
- De 12 hasta 15.99 caballos fiscales ......................…...……113 euros.
- De 16 hasta 19.99 caballos fiscales .....................………….140 euros.
- De 20 caballos fiscales en adelantes ........................……....224 euros.
B) Autobuses:
- De menos de 21 plazas ..........................................…………130 euros.
- De 21 a 50 plazas ...................................................…………182 euros.
- De más de 50 plazas ..............................................…………227 euros.
CVE:
BOP-2021-4263
Verificable
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Lunes, 20 de septiembre de 2021
N.º 0179
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