Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-4249)
BOP-2021-4249 Aprobación definitiva Estudio de Detalle Centro de Artes Visuales Helga de Alvear.
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Para el desarrollo de la actividad es insuficiente con las fases 1 y 2 ya que sólo sería factible la
exposición en el Museo del orden del 20% de los fondos de la Fundación Helga de Alvear,
necesitando un generoso espacio para almacenes del resto de los fondos de la Fundación, es
por lo que es necesario añadir la parcela de Pizarro 6 para tal efecto completándose el Centro
así en su totalidad.
En el desarrollo de los futuros proyectos de edificación se justificará el nivel de intervención en
el edificio según se definen en el PEPRPACC, bien como reestructuración o como Intervención
Singular excediendo tal definición de los límites del Estudio de Detalle.
ANÁLISIS Y JUSTIFICACION DE LA SOLUCION ADOPTADA.
ANALISIS DEL EDIFICIO DE LA CALLE PIZARRO 6 Y SU RELACIÓN CON EL
PLANEAMIENTO.
El Estudio de Detalle contempla la actuación sobre tres parcelas, sobre la parcela 8 de la Calle
Pizarro, edificio con Protección estructural no se prescribe nada más que la misma
consideración actual que sobre él plantea el PEPRPACC. Sobre la parcela 10 se mantienen las
mismas prescripciones del Estudio de Detalle aprobado sobre el que ya hemos comentado
anteriormente y sobre el edificio de la calle Pizarro 6 se procede en el presente Estudio de
Detalle a establecer unas alineaciones, una edificabilidad y una ocupación en el presente
estudio de Detalle de tal modo que el análisis de edificabilidades y ocupación es se
complementa o se refunde para el conjunto de las tres parcelas.
La parcela de Pizarro 6 contempla un edificio cuyas características urbanísticas se resumen en
las indicadas en el Plan Especial de Protección y Revitalización del Patrimonio Arquitectónico
de la ciudad de Cáceres y en el Plan general Municipal de Cáceres.
Así pues se establece en el Plan Especial un nivel de Protección Ambiental Singular sobre el
inmueble determinándose las siguientes Condiciones de Intervención y Obras permitidas:
Por ser un edificio con protección Ambiental Singular, las obras permitidas son: 1, 2, 3 y 6.
No obstante, en virtud de las características del edificio a desarrollar con posterioridad a la
aprobación del Presente Estudio de Detalle, podría ser factible en todo o en parte una
Intervención Singular que el proyecto que lo desarrolle debe justificar. En todo caso la
justificación del tipo de intervención excede de los límites de definición del presente Estudio de
Detalle siendo de aplicación directa el PERPPACC.
CVE:
BOP-2021-4249
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 17 de septiembre de 2021
N.º 0178
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