Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montánchez. (BOP-2021-4233)
BOP-2021-4233 Aprobación de las BASES REGULADORAS y la Convocatoria de ayudas a los/as alumnos/as matriculados/as en el Curso escolar 2021/2022 en los niveles de Guardería, Educación Infantil (1º, 2º y 3º), Primaria Obligatoria (1º, 2º, 3º, 4º, 5º y 6º), Educación Secundaria y Bachillerato o Formación Profesional (Ciclo Formativo) en Centro Docentes de Montánchez y empadronados/as y residentes de Montánchez.
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10. VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES.
Para el análisis y valoración de las solicitudes presentadas se constituirá la Comisión de
Valoración integrada por los/as siguientes miembros:
- Alcaldesa que actuará como presidenta, o Concejal/a en quien delegue.
- Un/a Concejal/a del Ayuntamiento de Montánchez del Grupo Municipal Popular y otro
del Grupo Municipal Socialista.
- El/la Concejal/a de Cultura del Ayuntamiento de Montánchez.
Actuará como Secretaria, la Secretaria Interventora del Ayuntamiento o empleado/a público/a
en quien delegue.
Durante la fase de valoración de solicitudes la Comisión se reserva el derecho a solicitar del/a
interesado/a cualquier otra documentación necesaria.
El funcionamiento del órgano de valoración se ajustará a lo dispuesto en las normas contenidas
al efecto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
11. PAGO DE LAS AYUDAS, JUSTIFICACIÓN, PLAZO DE JUSTIFICACIÓN.
11.1. Pago.
El pago anticipado de las ayudas se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta
facilitada en la solicitud.
11.2. Justificación, plazo de justificación.
Justificación.
Dado que se trata de ayudas a los/as alumnos/as matriculados/as en el Curso escolar
2021/2022 y dado que el art. 30.7 LGS y Art. 25 de la Ordenanza municipal, dispone que: "Las
subvenciones que se concedan en atención a la concurrencia de una determinada situación en
el/la perceptor/a no requerirán otra justificación que la acreditación por cualquier medio
admisible en derecho de dicha situación previamente a la concesión, sin perjuicio de los
controles que pudieran establecerse para verificar su existencia".
Por tanto, el mero hecho de hallarse matriculado/a en el curso correspondiente y reunir la
CVE:
BOP-2021-4233
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 16 de septiembre de 2021
N.º 0177
Pág. 18838
Para el análisis y valoración de las solicitudes presentadas se constituirá la Comisión de
Valoración integrada por los/as siguientes miembros:
- Alcaldesa que actuará como presidenta, o Concejal/a en quien delegue.
- Un/a Concejal/a del Ayuntamiento de Montánchez del Grupo Municipal Popular y otro
del Grupo Municipal Socialista.
- El/la Concejal/a de Cultura del Ayuntamiento de Montánchez.
Actuará como Secretaria, la Secretaria Interventora del Ayuntamiento o empleado/a público/a
en quien delegue.
Durante la fase de valoración de solicitudes la Comisión se reserva el derecho a solicitar del/a
interesado/a cualquier otra documentación necesaria.
El funcionamiento del órgano de valoración se ajustará a lo dispuesto en las normas contenidas
al efecto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
11. PAGO DE LAS AYUDAS, JUSTIFICACIÓN, PLAZO DE JUSTIFICACIÓN.
11.1. Pago.
El pago anticipado de las ayudas se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta
facilitada en la solicitud.
11.2. Justificación, plazo de justificación.
Justificación.
Dado que se trata de ayudas a los/as alumnos/as matriculados/as en el Curso escolar
2021/2022 y dado que el art. 30.7 LGS y Art. 25 de la Ordenanza municipal, dispone que: "Las
subvenciones que se concedan en atención a la concurrencia de una determinada situación en
el/la perceptor/a no requerirán otra justificación que la acreditación por cualquier medio
admisible en derecho de dicha situación previamente a la concesión, sin perjuicio de los
controles que pudieran establecerse para verificar su existencia".
Por tanto, el mero hecho de hallarse matriculado/a en el curso correspondiente y reunir la
CVE:
BOP-2021-4233
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 16 de septiembre de 2021
N.º 0177
Pág. 18838