Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montánchez. (BOP-2021-4233)
BOP-2021-4233 Aprobación de las BASES REGULADORAS y la Convocatoria de ayudas a los/as alumnos/as matriculados/as en el Curso escolar 2021/2022 en los niveles de Guardería, Educación Infantil (1º, 2º y 3º), Primaria Obligatoria (1º, 2º, 3º, 4º, 5º y 6º), Educación Secundaria y Bachillerato o Formación Profesional (Ciclo Formativo) en Centro Docentes de Montánchez y empadronados/as y residentes de Montánchez.
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como los certificados de los/as alumnos/as matriculados/as en la Guardería municipal para
los/as que se solicite la ayuda, se incorporarán de oficio por el el Ayuntamiento de Montánchez
de conformidad con lo establecido en el art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, previa autorización
para incorporaos por parte de los/as solicitantes.
6. IMPORTE DE LAS AYUDAS Y ABONO.
La concesión individual de estas ayudas será por importe desesenta euros (60 €) por alumno/a
beneficiario/as matriculado/a en el curso escolar 2021/2022 en los niveles de Guardería,
Educación Infantil (1º, 2º y 3º), y un importe de cuarenta euros (40 €) por alumno/a
beneficiario/a matriculado/a en Primaria Obligatoria (1º, 2º, 3º, 4, 5º y 6º), Educación
Secundaria y Bachillerato o Formación Profesional (Ciclo Formativo) en centros docentes de
Montánchez y empadronados/as en el término municipal de Montánchez.
La ayuda se abonará al/a representante legal, si se es menor de edad, o al/a solicitante si tiene
la mayoría, a través de transferencia bancaria en un único pago.
7. RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS.
Para la resolución de las ayudas se constituirá una Comisión Evaluadora encargada de revisar
y estudiar las solicitudes presentadas, esta comisión propondrá al órgano encargo de resolver,
si el/la solicitante tiene derecho a la percepción de la ayuda.
Dentro del plazo máximo de los treinta días siguientes a la finalización del plazo de
presentación de solicitudes, se confeccionarán y se expondrán al público en los Tablones de
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(https://montanchez.sedelectronica.es) la lista provisional de solicitudes admitidas y excluidas y
las causas de exclusión, otorgándose un plazo de, diez días hábiles, a contar desde la
publicación en la Sede electrónica municipal (https://montanchez.sedelectronica.es), para que
las personas interesadas subsanen la falta de documentación y puedan formular las
alegaciones que estimen oportunas con indicación de que, si así no lo hicieran, se entenderá
que desisten de su petición. Una vez examinadas las reclamaciones, la Comisión Evaluadora
propondrá las listas definitivas de beneficiarios/as y no beneficiarios/as.
Los listados definitivos de concesiones, no concesiones y exclusiones se publicarán en los
Tablones de Anuncios del Ayuntamiento y en la sede electrónica municipal
(https://montanchez.sedelectronica.es), en los quince días hábiles siguientes a la finalización
del plazo de presentación de reclamaciones a las listas provisionales.
CVE:
BOP-2021-4233
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 16 de septiembre de 2021
N.º 0177
Pág. 18835
los/as que se solicite la ayuda, se incorporarán de oficio por el el Ayuntamiento de Montánchez
de conformidad con lo establecido en el art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, previa autorización
para incorporaos por parte de los/as solicitantes.
6. IMPORTE DE LAS AYUDAS Y ABONO.
La concesión individual de estas ayudas será por importe desesenta euros (60 €) por alumno/a
beneficiario/as matriculado/a en el curso escolar 2021/2022 en los niveles de Guardería,
Educación Infantil (1º, 2º y 3º), y un importe de cuarenta euros (40 €) por alumno/a
beneficiario/a matriculado/a en Primaria Obligatoria (1º, 2º, 3º, 4, 5º y 6º), Educación
Secundaria y Bachillerato o Formación Profesional (Ciclo Formativo) en centros docentes de
Montánchez y empadronados/as en el término municipal de Montánchez.
La ayuda se abonará al/a representante legal, si se es menor de edad, o al/a solicitante si tiene
la mayoría, a través de transferencia bancaria en un único pago.
7. RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS.
Para la resolución de las ayudas se constituirá una Comisión Evaluadora encargada de revisar
y estudiar las solicitudes presentadas, esta comisión propondrá al órgano encargo de resolver,
si el/la solicitante tiene derecho a la percepción de la ayuda.
Dentro del plazo máximo de los treinta días siguientes a la finalización del plazo de
presentación de solicitudes, se confeccionarán y se expondrán al público en los Tablones de
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(https://montanchez.sedelectronica.es) la lista provisional de solicitudes admitidas y excluidas y
las causas de exclusión, otorgándose un plazo de, diez días hábiles, a contar desde la
publicación en la Sede electrónica municipal (https://montanchez.sedelectronica.es), para que
las personas interesadas subsanen la falta de documentación y puedan formular las
alegaciones que estimen oportunas con indicación de que, si así no lo hicieran, se entenderá
que desisten de su petición. Una vez examinadas las reclamaciones, la Comisión Evaluadora
propondrá las listas definitivas de beneficiarios/as y no beneficiarios/as.
Los listados definitivos de concesiones, no concesiones y exclusiones se publicarán en los
Tablones de Anuncios del Ayuntamiento y en la sede electrónica municipal
(https://montanchez.sedelectronica.es), en los quince días hábiles siguientes a la finalización
del plazo de presentación de reclamaciones a las listas provisionales.
CVE:
BOP-2021-4233
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 16 de septiembre de 2021
N.º 0177
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