Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montánchez. (BOP-2021-4233)
BOP-2021-4233 Aprobación de las BASES REGULADORAS y la Convocatoria de ayudas a los/as alumnos/as matriculados/as en el Curso escolar 2021/2022 en los niveles de Guardería, Educación Infantil (1º, 2º y 3º), Primaria Obligatoria (1º, 2º, 3º, 4º, 5º y 6º), Educación Secundaria y Bachillerato o Formación Profesional (Ciclo Formativo) en Centro Docentes de Montánchez y empadronados/as y residentes de Montánchez.
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1. OBJETO Y PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN.
Es objeto de las siguientes bases es la regulación de la concesión de ayudas a los/as
alumnos/as matriculados/as en el Curso escolar 2021/2022 en los niveles de Guardería,
Educación Infantil (1º, 2º y 3º), Primaria Obligatoria (1º, 2º, 3º, 4, 5º y 6º), Educación
Secundaria y Bachillerato o Formación Profesional (Ciclo Formativo) en centros docentes de
Montánchez y empadronados/as y residentes en el término municipal de Montánchez y que
cumplan con los requisitos establecidos en las presente bases reguladoras, con el objeto de
contribuir a sufragar los gastos escolares que se originan a las familias con motivo del inicio del
curso escolar.
Dado el interés social de las ayudas, en la medida en que contribuyen a paliar la obligación
constitucional de una enseñanza básica y gratuita, aquéllas se concederán de forma directa a
todos/as los/as solicitantes que reúnan los requisitos contemplados en la base segunda.
2. REQUISITOS PARA SER BENEFICIARIO/A DE LA AYUDA.
Podrán ser beneficiarios/as de estas ayudas tanto los/as padres o tutores/as legales de
alumnos/as matriculados/as, como los/as matriculados/as, mayores de edad, que cursen los
estudios señalados en la base 1ª y que deben reunir los siguientes requisitos:
1. Estar empadronados/as en el municipio de Montánchez en el momento de presentación
de la solicitud. En caso de separación o divorcio, este requisito sólo le será exigible al
padre o la madre que tuviese la guarda y custodia.
2. Estar matriculado/a en el Curso escolar 2021/2022 en los niveles de Guardería,
Educación Infantil (1º, 2º y 3º), Primaria Obligatoria (1º, 2º, 3º, 4, 5º y 6º), Educación
Secundaria y Bachillerato o Formación Profesional (Ciclo Formativo) en centros docentes
con sede en Montánchez y empadronados/as y residentes en el término municipal de
Montánchez durante el curso 2021/2022 y cursar el curso completo.
3. Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de
MONTANCHEZ.
3. OBLIGACIONES DE LOS/AS SOLICITANTES DE LA AYUDA.
a) Los/as solicitantes deberán presentar de forma correcta, completa y veraz la documentación
requerida en las presentes bases.
b) El Ayuntamiento de MONTANCHEZ se reserva las facultades y cuantas funciones de
CVE:
BOP-2021-4233
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 16 de septiembre de 2021
N.º 0177
Pág. 18832
Es objeto de las siguientes bases es la regulación de la concesión de ayudas a los/as
alumnos/as matriculados/as en el Curso escolar 2021/2022 en los niveles de Guardería,
Educación Infantil (1º, 2º y 3º), Primaria Obligatoria (1º, 2º, 3º, 4, 5º y 6º), Educación
Secundaria y Bachillerato o Formación Profesional (Ciclo Formativo) en centros docentes de
Montánchez y empadronados/as y residentes en el término municipal de Montánchez y que
cumplan con los requisitos establecidos en las presente bases reguladoras, con el objeto de
contribuir a sufragar los gastos escolares que se originan a las familias con motivo del inicio del
curso escolar.
Dado el interés social de las ayudas, en la medida en que contribuyen a paliar la obligación
constitucional de una enseñanza básica y gratuita, aquéllas se concederán de forma directa a
todos/as los/as solicitantes que reúnan los requisitos contemplados en la base segunda.
2. REQUISITOS PARA SER BENEFICIARIO/A DE LA AYUDA.
Podrán ser beneficiarios/as de estas ayudas tanto los/as padres o tutores/as legales de
alumnos/as matriculados/as, como los/as matriculados/as, mayores de edad, que cursen los
estudios señalados en la base 1ª y que deben reunir los siguientes requisitos:
1. Estar empadronados/as en el municipio de Montánchez en el momento de presentación
de la solicitud. En caso de separación o divorcio, este requisito sólo le será exigible al
padre o la madre que tuviese la guarda y custodia.
2. Estar matriculado/a en el Curso escolar 2021/2022 en los niveles de Guardería,
Educación Infantil (1º, 2º y 3º), Primaria Obligatoria (1º, 2º, 3º, 4, 5º y 6º), Educación
Secundaria y Bachillerato o Formación Profesional (Ciclo Formativo) en centros docentes
con sede en Montánchez y empadronados/as y residentes en el término municipal de
Montánchez durante el curso 2021/2022 y cursar el curso completo.
3. Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de
MONTANCHEZ.
3. OBLIGACIONES DE LOS/AS SOLICITANTES DE LA AYUDA.
a) Los/as solicitantes deberán presentar de forma correcta, completa y veraz la documentación
requerida en las presentes bases.
b) El Ayuntamiento de MONTANCHEZ se reserva las facultades y cuantas funciones de
CVE:
BOP-2021-4233
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 16 de septiembre de 2021
N.º 0177
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