Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Miajadas. (BOP-2021-4232)
BOP-2021-4232 Convocatoria de proceso selectivo para la cobertura de cuatro plazas de Policía Local por oposición libre.
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Plaza de España, 10, 10100, Miajadas (Cáceres) / Tfno.: 927 347 000 – Fax: 927 160 546 / https://miajadas.org/
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instancias, mediante ingreso bancario en la siguiente cuenta: LIBERBANK ES 76-
2048-1011-64-34-0000-9916. En el documento de pago deberá figurar: “Excmo.
Ayuntamiento de Miajadas. Pruebas selectivas de 4 plazas de agente de la Policía
Local, nombre y apellidos del aspirante.”
De conformidad con el artículo 49 del Decreto 218/2009, de 9 de octubre, por el que se
aprueban las Normas-Marco de los Policías Locales de Extremadura, los anuncios de
convocatorias se publicarán en el Diario Oficial de Extremadura y en el Boletín Oficial del
Estado. Las bases que regirán el proceso selectivo se publicarán en el Boletín Oficial de la
Provincia. Asimismo estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este
Ayuntamiento.
CUARTO. Admisión de Aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo máximo
de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha
resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del
Ayuntamiento, se contendrá la relación alfabética de los aspirantes admitidos y excluidos, así
como las causas de exclusión de éstos y se señalará un plazo de diez días hábiles para
subsanación.
Transcurrido el plazo de subsanación, por la Alcaldía se aprobará la lista definitiva de aspirantes
admitidos y excluidos, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede
electrónica de este Ayuntamiento. En la misma publicación se hará constar el día, hora y lugar
en que habrán de realizarse todas las pruebas, los sucesivos llamamientos y convocatorias, y en
definitiva, cualquier decisión que adopte el Tribunal de selección y que deban conocer los
aspirantes hasta la finalización de las pruebas selectivas, se expondrán en los locales en donde
se haya celebrado el ejercicio anterior o en los que se señalen en el último anuncio, bastando
dicha exposición, en la fecha que se inicie, como notificación a todos los efectos. El llamamiento
para la sesión siguiente de un mismo ejercicio deberá realizarse con un plazo mínimo de
antelación de doce horas, mientras que la convocatoria para un ejercicio distinto deberá respetar
un plazo mínimo de cuarenta y ocho horas. Igualmente, en la misma resolución se hará constar
la designación nominal del tribunal.
Las alegaciones presentadas serán resueltas en el plazo de 30 días desde la finalización del
plazo para presentación. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera dictado resolución alguna,
las alegaciones se entenderán desestimadas.
El hecho de figurar en la lista de admitidos, no prejuzga que se les reconozca a las personas
interesadas la posesión de los requisitos exigidos en el procedimiento. Cuando de la
documentación que debe presentarse, tras la superación del proceso selectivo, se desprenda
que no se posee alguno de los requisitos, las personas interesadas decaerán en todos los
derechos que pudieran derivarse de su participación en este procedimiento.
QUINTO. Tribunal Calificador.
Al Tribunal calificador le corresponde dilucidar las cuestiones planteadas durante el desarrollo
del proceso selectivo, velar por el buen desarrollo del mismo, calificar las pruebas establecidas
y aplicar los baremos correspondientes.
CVE:
BOP-2021-4232
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 16 de septiembre de 2021
N.º 0177
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instancias, mediante ingreso bancario en la siguiente cuenta: LIBERBANK ES 76-
2048-1011-64-34-0000-9916. En el documento de pago deberá figurar: “Excmo.
Ayuntamiento de Miajadas. Pruebas selectivas de 4 plazas de agente de la Policía
Local, nombre y apellidos del aspirante.”
De conformidad con el artículo 49 del Decreto 218/2009, de 9 de octubre, por el que se
aprueban las Normas-Marco de los Policías Locales de Extremadura, los anuncios de
convocatorias se publicarán en el Diario Oficial de Extremadura y en el Boletín Oficial del
Estado. Las bases que regirán el proceso selectivo se publicarán en el Boletín Oficial de la
Provincia. Asimismo estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este
Ayuntamiento.
CUARTO. Admisión de Aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo máximo
de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha
resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del
Ayuntamiento, se contendrá la relación alfabética de los aspirantes admitidos y excluidos, así
como las causas de exclusión de éstos y se señalará un plazo de diez días hábiles para
subsanación.
Transcurrido el plazo de subsanación, por la Alcaldía se aprobará la lista definitiva de aspirantes
admitidos y excluidos, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede
electrónica de este Ayuntamiento. En la misma publicación se hará constar el día, hora y lugar
en que habrán de realizarse todas las pruebas, los sucesivos llamamientos y convocatorias, y en
definitiva, cualquier decisión que adopte el Tribunal de selección y que deban conocer los
aspirantes hasta la finalización de las pruebas selectivas, se expondrán en los locales en donde
se haya celebrado el ejercicio anterior o en los que se señalen en el último anuncio, bastando
dicha exposición, en la fecha que se inicie, como notificación a todos los efectos. El llamamiento
para la sesión siguiente de un mismo ejercicio deberá realizarse con un plazo mínimo de
antelación de doce horas, mientras que la convocatoria para un ejercicio distinto deberá respetar
un plazo mínimo de cuarenta y ocho horas. Igualmente, en la misma resolución se hará constar
la designación nominal del tribunal.
Las alegaciones presentadas serán resueltas en el plazo de 30 días desde la finalización del
plazo para presentación. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera dictado resolución alguna,
las alegaciones se entenderán desestimadas.
El hecho de figurar en la lista de admitidos, no prejuzga que se les reconozca a las personas
interesadas la posesión de los requisitos exigidos en el procedimiento. Cuando de la
documentación que debe presentarse, tras la superación del proceso selectivo, se desprenda
que no se posee alguno de los requisitos, las personas interesadas decaerán en todos los
derechos que pudieran derivarse de su participación en este procedimiento.
QUINTO. Tribunal Calificador.
Al Tribunal calificador le corresponde dilucidar las cuestiones planteadas durante el desarrollo
del proceso selectivo, velar por el buen desarrollo del mismo, calificar las pruebas establecidas
y aplicar los baremos correspondientes.
CVE:
BOP-2021-4232
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 16 de septiembre de 2021
N.º 0177
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