Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral Sierra de San Pedro. (BOP-2021-4211)
BOP-2021-4211 Bases convocatoria para cubrir una plaza de Administrativo/a de la Mancomunidad Integral Sierra de San Pedro.
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Mancomunidad I.Sierra de San Pedro
NOVENA. Relación de Aprobados, Acreditación de los Requisitos Exigidos y
Nombramiento
Una vez terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal propondrá el nombramiento del
aspirante que haya superado la fase de oposición, la fase de concurso.
El aspirante propuesto acreditará ante la Administración, dentro del plazo de veinte días hábiles
desde que se publican en el Boletín Oficial de la Provincia, las condiciones de capacidad y
requisitos exigidos en la convocatoria (Anexo II).
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no acreditaren dichos
requisitos o de la documentación no se dedujese su cumplimiento, no podrán ser contratados,
quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran
haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación.
El Presidente deberá nombrar al aspirante propuesto, en el plazo de 5 días a contar desde la
terminación de los veinte días anteriores.
DÉCIMA. Funcionamiento de la Bolsa de Empleo
Las personas integrantes de las Bolsas de Empleo ocuparán el puesto de la lista que le
corresponda, atendiendo a la puntuación obtenida en el proceso selectivo utilizado para su
constitución, debiendo aparecer, junto al número del puesto ocupado, la puntuación que ostenta
dentro del listado.
La puntuación mínima para poder formar parte de la correspondiente bolsa de empleo es de 30
puntos.
Todas las personas que superen el proceso de selección serán incluidas en una bolsa de empleo
para las futuras contrataciones que resulten necesarias a fin de cubrir vacantes temporalmente, y
serán llamadas siguiendo el orden establecido en el listado correspondiente. El funcionamiento
de la Bolsa de Empleo se ajustará a los principios de igualdad de oportunidades y principio de
no discriminación.
El orden de llamamiento de los aspirantes inscritos en la bolsa en este Ayuntamiento será por:
Llamamiento al primer aspirante disponible de la lista.
La renuncia inicial a un nombramiento, o la renuncia durante la vigencia del mismo, no darán
lugar a la exclusión de la Bolsa de Empleo, pero ocasionará un cambio de lugar del puesto,
dentro de la misma, pasando a ocupar el último puesto como integrante de la Bolsa.
Son causas que justifican la renuncia a un nombramiento y que implican el mantenimiento
dentro de la Bolsa de Empleo:
— Estar en situación de ocupado, prestando servicios en el Ayuntamiento como
Mancomunidad I.Sierra de San Pedro
C/ Pizarro, 16, Valencia de Alcántara. 10500 (Cáceres). Tfno. 927668147. Fax: 927582484
Cód.
Validación:
6NGDTYNWG555G9FZH2AS2GARH
|
Verificación:
https://mancomunidadsierrasanpedro.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
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esPublico
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Verificable
en:
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Martes, 14 de septiembre de 2021
N.º 0175
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NOVENA. Relación de Aprobados, Acreditación de los Requisitos Exigidos y
Nombramiento
Una vez terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal propondrá el nombramiento del
aspirante que haya superado la fase de oposición, la fase de concurso.
El aspirante propuesto acreditará ante la Administración, dentro del plazo de veinte días hábiles
desde que se publican en el Boletín Oficial de la Provincia, las condiciones de capacidad y
requisitos exigidos en la convocatoria (Anexo II).
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no acreditaren dichos
requisitos o de la documentación no se dedujese su cumplimiento, no podrán ser contratados,
quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran
haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación.
El Presidente deberá nombrar al aspirante propuesto, en el plazo de 5 días a contar desde la
terminación de los veinte días anteriores.
DÉCIMA. Funcionamiento de la Bolsa de Empleo
Las personas integrantes de las Bolsas de Empleo ocuparán el puesto de la lista que le
corresponda, atendiendo a la puntuación obtenida en el proceso selectivo utilizado para su
constitución, debiendo aparecer, junto al número del puesto ocupado, la puntuación que ostenta
dentro del listado.
La puntuación mínima para poder formar parte de la correspondiente bolsa de empleo es de 30
puntos.
Todas las personas que superen el proceso de selección serán incluidas en una bolsa de empleo
para las futuras contrataciones que resulten necesarias a fin de cubrir vacantes temporalmente, y
serán llamadas siguiendo el orden establecido en el listado correspondiente. El funcionamiento
de la Bolsa de Empleo se ajustará a los principios de igualdad de oportunidades y principio de
no discriminación.
El orden de llamamiento de los aspirantes inscritos en la bolsa en este Ayuntamiento será por:
Llamamiento al primer aspirante disponible de la lista.
La renuncia inicial a un nombramiento, o la renuncia durante la vigencia del mismo, no darán
lugar a la exclusión de la Bolsa de Empleo, pero ocasionará un cambio de lugar del puesto,
dentro de la misma, pasando a ocupar el último puesto como integrante de la Bolsa.
Son causas que justifican la renuncia a un nombramiento y que implican el mantenimiento
dentro de la Bolsa de Empleo:
— Estar en situación de ocupado, prestando servicios en el Ayuntamiento como
Mancomunidad I.Sierra de San Pedro
C/ Pizarro, 16, Valencia de Alcántara. 10500 (Cáceres). Tfno. 927668147. Fax: 927582484
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