Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-4181)
BOP-2021-4181 Bases para la constitución de lista de espera de Técnicos/as de Gestión Económico-Administrativa, para el desarrollo del Proyecto ÉFESO.
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SEXTA. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
Los candidatos/as presentaran la documentación en formato digital (hoja Excel de
autovaloración) y escaneado la documentación justificativa, según baremo.
 Un currículo vitae organizado en
 La vida laboral.
 Certificado de estar en desempleo (solo a efectos de bonificación en la tasa de
examen).
 Documentación acreditativa de los méritos a valorar.
SÉPTIMA. EL TRIBUNAL CALIFICADOR
El Tribunal Calificador, que tendrá la categoría que se establece en el Anexo IV del
Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, se ajustará de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público a los principios de imparcialidad y
profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, en su composición a la paridad entre
hombres y mujeres, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 53 de la Ley
Orgánica 3/2007, de 22 de marzo para la igualdad efectiva de mujeres y hombres,
estando constituido por un número impar de miembros no inferior a cinco, todos ellos
funcionarios/as de carrera o personal laboral fijo con nivel de titulación igual o superior al
exigido para las plazas objeto de la presente convocatoria, resultando de la siguiente
forma:
Presidencia:
 Un/a empleado/a público/a designado/a por la Alcaldía.
Vocales:
 Dos empleados/as públicos/as expertos/as en la materia designados/as por la
Alcaldía.
 Un/a empleado/a público/a designado/a por la Junta de Extremadura.
Secretaría:
 Un/a empleado/a público/a designado/a por la Alcaldía, que tendrá voz y voto.
El Tribunal quedará integrado, además, por el personal suplente respectivo, que
simultáneamente con los/as titulares habrán de designarse.
N A PRESENTAR.
Los candidatos/as presentaran la documentación en formato digital (hoja Excel de
autovaloración) y escaneado la documentación justificativa, según baremo.
Un currículo vitae organizado en función de la documentación que se presenta.
Certificado de estar en desempleo (solo a efectos de bonificación en la tasa de
Documentación acreditativa de los méritos a valorar.
EL TRIBUNAL CALIFICADOR.
Calificador, que tendrá la categoría que se establece en el Anexo IV del
Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, se ajustará de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, por el que se aprueba el texto refundido
Ley del Estatuto Básico del Empleado Público a los principios de imparcialidad y
profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, en su composición a la paridad entre
hombres y mujeres, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 53 de la Ley
3/2007, de 22 de marzo para la igualdad efectiva de mujeres y hombres,
estando constituido por un número impar de miembros no inferior a cinco, todos ellos
funcionarios/as de carrera o personal laboral fijo con nivel de titulación igual o superior al
do para las plazas objeto de la presente convocatoria, resultando de la siguiente
Un/a empleado/a público/a designado/a por la Alcaldía.
Dos empleados/as públicos/as expertos/as en la materia designados/as por la
Un/a empleado/a público/a designado/a por la Junta de Extremadura.
Un/a empleado/a público/a designado/a por la Alcaldía, que tendrá voz y voto.
El Tribunal quedará integrado, además, por el personal suplente respectivo, que
on los/as titulares habrán de designarse.
Los candidatos/as presentaran la documentación en formato digital (hoja Excel de
autovaloración) y escaneado la documentación justificativa, según baremo.
función de la documentación que se presenta.
Certificado de estar en desempleo (solo a efectos de bonificación en la tasa de
Calificador, que tendrá la categoría que se establece en el Anexo IV del
Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, se ajustará de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, por el que se aprueba el texto refundido
Ley del Estatuto Básico del Empleado Público a los principios de imparcialidad y
profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, en su composición a la paridad entre
hombres y mujeres, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 53 de la Ley
3/2007, de 22 de marzo para la igualdad efectiva de mujeres y hombres,
estando constituido por un número impar de miembros no inferior a cinco, todos ellos
funcionarios/as de carrera o personal laboral fijo con nivel de titulación igual o superior al
do para las plazas objeto de la presente convocatoria, resultando de la siguiente
Un/a empleado/a público/a designado/a por la Alcaldía.
Dos empleados/as públicos/as expertos/as en la materia designados/as por la
Un/a empleado/a público/a designado/a por la Junta de Extremadura.
Un/a empleado/a público/a designado/a por la Alcaldía, que tendrá voz y voto.
El Tribunal quedará integrado, además, por el personal suplente respectivo, que
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BOP-2021-4181
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http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 10 de septiembre de 2021
N.º 0173
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