Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villa del Rey. (BOP-2021-4136)
BOP-2021-4136 Convenio de Adhesión al Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales "Medioambiente y Aguas Provincia de Cáceres-MÁSMEDIO" de la Entidad Local de Villa del Rey.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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i) Podrán asistir a las sesiones con cometidos exclusivos de asesoramiento los/as
técnicos/as que el Presidente o Vicepresidente/a considere oportuno.
2. Son atribuciones del Consejo de Administración:
a) Elaborar las líneas generales de la programación anual, así como las normas de
régimen interior y el de prestación de los servicios.
b) Ejercer la supervisión técnica de los programas, proyectos y métodos de trabajo.
c) Realizar protocolos de evaluación.
d) Elaborar los programas o actividades nuevas a desarrollar.
e) Elaboración de documentación unificada de trabajo.
f) Todas las que la Junta General acuerde delegarle/a.
g) La aprobación del régimen retributivo del personal, salvo en los casos en los que
dicha aprobación exija modificación de la relación de puestos de trabajo.
h) La incoación, trámite y aprobación de modificaciones presupuestarias no atribuidas
por los presentes estatutos al/a Vicepresidente/a.
i) La concertación de operaciones de crédito y tesorería, no atribuidas por los presentes
estatutos al/a Vicepresidente/a.
j) La enajenación y gravamen de bienes y derechos de los que sea titular el consorcio,
en concepto de dueño/a.
k) La aprobación de Ordenanzas tributarias, el establecimiento y ordenación de precios
públicos, así como cualquier otra contraprestación o tarifa, así como cualquier otra
Ordenanza de naturaleza no Tributaria.
l) Acordar la incorporación de nuevas entidades y la aprobación de las bases o
condiciones que han de regir su actuación y del convenio correspondiente, dándose
cuenta en la primera sesión que se celebre.
m) La aprobación de los gastos plurianuales que el TRLRHL atribuye al Pleno de la
entidad local.
Artículo 14. La Junta General.
CVE:
BOP-2021-4136
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 7 de septiembre de 2021
N.º 0171
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técnicos/as que el Presidente o Vicepresidente/a considere oportuno.
2. Son atribuciones del Consejo de Administración:
a) Elaborar las líneas generales de la programación anual, así como las normas de
régimen interior y el de prestación de los servicios.
b) Ejercer la supervisión técnica de los programas, proyectos y métodos de trabajo.
c) Realizar protocolos de evaluación.
d) Elaborar los programas o actividades nuevas a desarrollar.
e) Elaboración de documentación unificada de trabajo.
f) Todas las que la Junta General acuerde delegarle/a.
g) La aprobación del régimen retributivo del personal, salvo en los casos en los que
dicha aprobación exija modificación de la relación de puestos de trabajo.
h) La incoación, trámite y aprobación de modificaciones presupuestarias no atribuidas
por los presentes estatutos al/a Vicepresidente/a.
i) La concertación de operaciones de crédito y tesorería, no atribuidas por los presentes
estatutos al/a Vicepresidente/a.
j) La enajenación y gravamen de bienes y derechos de los que sea titular el consorcio,
en concepto de dueño/a.
k) La aprobación de Ordenanzas tributarias, el establecimiento y ordenación de precios
públicos, así como cualquier otra contraprestación o tarifa, así como cualquier otra
Ordenanza de naturaleza no Tributaria.
l) Acordar la incorporación de nuevas entidades y la aprobación de las bases o
condiciones que han de regir su actuación y del convenio correspondiente, dándose
cuenta en la primera sesión que se celebre.
m) La aprobación de los gastos plurianuales que el TRLRHL atribuye al Pleno de la
entidad local.
Artículo 14. La Junta General.
CVE:
BOP-2021-4136
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 7 de septiembre de 2021
N.º 0171
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