Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Herguijuela. (BOP-2021-4086)
BOP-2021-4086 Pliego de cláusulas enajenación de Bien Patrimonial.
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Una vez otorgada la escritura pública/documento administrativo, deberá inscribirse en el
Registro de la Propiedad.
En dicha escritura/documento administrativo se podrá hacer constar que el inmueble se
enajena como cuerpo cierto, y que el adquirente conoce y acepta las condiciones físicas,
jurídicas, registrales y urbanísticas en que se encuentra el inmueble.
La totalidad de los gastos e impuestos originados con motivo de las subastas y los necesarios
para formalizar la venta correrán a cargo de los/las adjudicatarios/as, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 98.2 del RLPAP.
DECIMOQUINTA.- CONSULTA DEL EXPEDIENTE.
Los interesados/as podrán examinar todos los antecedentes y documentos referentes al bien
objeto de la subasta en la Secretaría de este Ayuntamiento.
La visita de los inmuebles objeto de enajenación podrá concertarse llamando al 927 31 20 59
en horario de 10:00 a 14:00 y deberán observarse las medidas sanitarias establecidas en la
cláusula novena.
La celebración de la subasta se rige por lo dispuesto en la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del
Patrimonio de las Administraciones Públicas y por su reglamento de desarrollo, Real Decreto
1373/2009, de 28 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley 33/2003,
de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas y demás normas
contenidas en la cláusula segunda.
Asimismo, la participación en la subasta y la consignación de la garantía implican la aceptación
del presente pliego de condiciones en todos sus términos y el sometimiento expreso a las
decisiones que adopte la Mesa de licitación.
Pliego de condiciones particulares informado por el/a Secretario/a-Interventor/a, en Herguijuela,
a 19 de agosto de 2021.
DECIMOSEXTA.- Los gastos de Notaría, Registro de la Propiedad, Impuestos aplicables y
otros que pudieran ocasionar la subasta, serán de cuenta del/a adjudicatario/a.
CVE:
BOP-2021-4086
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 2 de septiembre de 2021
N.º 0168
Pág. 18223
Registro de la Propiedad.
En dicha escritura/documento administrativo se podrá hacer constar que el inmueble se
enajena como cuerpo cierto, y que el adquirente conoce y acepta las condiciones físicas,
jurídicas, registrales y urbanísticas en que se encuentra el inmueble.
La totalidad de los gastos e impuestos originados con motivo de las subastas y los necesarios
para formalizar la venta correrán a cargo de los/las adjudicatarios/as, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 98.2 del RLPAP.
DECIMOQUINTA.- CONSULTA DEL EXPEDIENTE.
Los interesados/as podrán examinar todos los antecedentes y documentos referentes al bien
objeto de la subasta en la Secretaría de este Ayuntamiento.
La visita de los inmuebles objeto de enajenación podrá concertarse llamando al 927 31 20 59
en horario de 10:00 a 14:00 y deberán observarse las medidas sanitarias establecidas en la
cláusula novena.
La celebración de la subasta se rige por lo dispuesto en la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del
Patrimonio de las Administraciones Públicas y por su reglamento de desarrollo, Real Decreto
1373/2009, de 28 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley 33/2003,
de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas y demás normas
contenidas en la cláusula segunda.
Asimismo, la participación en la subasta y la consignación de la garantía implican la aceptación
del presente pliego de condiciones en todos sus términos y el sometimiento expreso a las
decisiones que adopte la Mesa de licitación.
Pliego de condiciones particulares informado por el/a Secretario/a-Interventor/a, en Herguijuela,
a 19 de agosto de 2021.
DECIMOSEXTA.- Los gastos de Notaría, Registro de la Propiedad, Impuestos aplicables y
otros que pudieran ocasionar la subasta, serán de cuenta del/a adjudicatario/a.
CVE:
BOP-2021-4086
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 2 de septiembre de 2021
N.º 0168
Pág. 18223