Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-3691)
BOP-2021-3691 Medidas de Apoyo Urgentes a los/as Titulares de Explotaciones Ganaderas del Sector del Toro de Lidia especialmente afectados/as por la situación generada por el coronavirus (Covid-19) de la Provincia de Cáceres, ejercicio 2021.
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3) De 60 a 89 cabezas: 3 puntos.
4) De 90 a 120 cabezas: 4 puntos.
A partir 120 hembras reproductoras de raza bovina de lidia se obtendrá la misma puntuación
que en el tramo anterior. Las explotaciones con menos de 25 animales elegibles no serán
subvencionables
2. El importe total del punto vendrá determinado por la aplicación de la siguiente fórmula:
Importe total resultante de la detracción de la suma de los importes fijos concedidos dividido
entre el total de puntos resultantes de la suma de los puntos asignados a todos/as los/as
solicitantes. La cuantía resultante se multiplicará por los puntos asignados a cada una de las
solicitantes y de estar forma se determinará el importe que corresponde a cada una de las
entidades beneficiarias.
El importe concedido se somete a los límites cuantitativos consignados en la base segunda.
Si, una vez efectuado el reparto fijo y la asignación de las cuantías individuales según los
puntos obtenidos por cada una de las solicitantes, quedara crédito disponible y se generara un
remanente, se repartirá igualmente en consonancia con la fórmula anterior: importe remanente
dividido entre el total de puntos (en este caso el total de puntos será la suma de los puntos de
todas aquellas entidades que no hubiesen obtenido el importe solicitado). No entrarán en el
reparto de remanentes aquellas personas solicitantes que hubieran obtenido el importe máximo
solicitado en el primer reparto efectuado.
Por último, si durante la asignación de los importes (una vez detraída la cantidad
correspondiente a la suma de los importes fijos) se diera el caso de que no todas las entidades
pueden optar al segundo reparto por agotamiento del crédito y hubiese igualdad de puntos
entre varias entidades en el proceso selectivo de la convocatoria, el empate se dirimirá, en
primer lugar, por el mayor número de cabezas que tengan las solicitantes y, de persistir el
empate, en segundo lugar, por el orden de presentación de la solicitud en el registro electrónico
de la Diputación de Cáceres.
BASE DÉCIMA. PLAZO SUBVENCIONABLE. DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA. PLAZO
DE JUSTIFICACIÓN. SUBSANACIÓN Y PRÓRROGA.
PLAZO SUBVENCIONABLE.
El plazo subvencionable será desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2021.
CVE:
BOP-2021-3691
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de julio de 2021
N.º 0144
Pág. 16282
4) De 90 a 120 cabezas: 4 puntos.
A partir 120 hembras reproductoras de raza bovina de lidia se obtendrá la misma puntuación
que en el tramo anterior. Las explotaciones con menos de 25 animales elegibles no serán
subvencionables
2. El importe total del punto vendrá determinado por la aplicación de la siguiente fórmula:
Importe total resultante de la detracción de la suma de los importes fijos concedidos dividido
entre el total de puntos resultantes de la suma de los puntos asignados a todos/as los/as
solicitantes. La cuantía resultante se multiplicará por los puntos asignados a cada una de las
solicitantes y de estar forma se determinará el importe que corresponde a cada una de las
entidades beneficiarias.
El importe concedido se somete a los límites cuantitativos consignados en la base segunda.
Si, una vez efectuado el reparto fijo y la asignación de las cuantías individuales según los
puntos obtenidos por cada una de las solicitantes, quedara crédito disponible y se generara un
remanente, se repartirá igualmente en consonancia con la fórmula anterior: importe remanente
dividido entre el total de puntos (en este caso el total de puntos será la suma de los puntos de
todas aquellas entidades que no hubiesen obtenido el importe solicitado). No entrarán en el
reparto de remanentes aquellas personas solicitantes que hubieran obtenido el importe máximo
solicitado en el primer reparto efectuado.
Por último, si durante la asignación de los importes (una vez detraída la cantidad
correspondiente a la suma de los importes fijos) se diera el caso de que no todas las entidades
pueden optar al segundo reparto por agotamiento del crédito y hubiese igualdad de puntos
entre varias entidades en el proceso selectivo de la convocatoria, el empate se dirimirá, en
primer lugar, por el mayor número de cabezas que tengan las solicitantes y, de persistir el
empate, en segundo lugar, por el orden de presentación de la solicitud en el registro electrónico
de la Diputación de Cáceres.
BASE DÉCIMA. PLAZO SUBVENCIONABLE. DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA. PLAZO
DE JUSTIFICACIÓN. SUBSANACIÓN Y PRÓRROGA.
PLAZO SUBVENCIONABLE.
El plazo subvencionable será desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2021.
CVE:
BOP-2021-3691
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de julio de 2021
N.º 0144
Pág. 16282