Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera. (BOP-2021-3608)
BOP-2021-3608 Ordenanza Municipal Reguladora del servicio de grúa municipal, inmovilización, retirada y traslado de vehículos al depósito municipal.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera
ANUNCIO. Ordenanza Municipal Reguladora del servicio de grúa municipal,
inmovilización, retirada y traslado de vehículos al depósito municipal.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la Ordenanza
municipal reguladora del servicio de grúa municipal, inmovilización, retirada y traslado de
vehículos al depósito municipal, cuyo texto íntegro se hace público, para su general
conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DEL SERVICIO DE GRÚA MUNICIPAL,
INMOVILIZACIÓN, RETIRADA Y TRASLADO DE VEHÍCULOS AL DEPÓSITO MUNICIPAL.
JUSTIFICACIÓN LEGAL
En el Ámbito del R.D. Legislativo 6/2015, de 30 de octubre por el que aprueba el texto
articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de Vehículos a motor y Seguridad Vial (art. 7)
atribuye a los Municipios, entre otras, las siguientes competencias:
a) La ordenación y el control del tráfico en las vías urbanas de su titularidad, así como la
vigilancia por medio de agentes propios, la denuncia de las infracciones que se cometan en
dichas vías y la sanción de las mismas cuando no esté expresamente atribuida a otra
Administración.
b) La regulación mediante disposición general de los usos de las vías urbanas, haciendo
compatible la equitativa distribución de los aparcamientos entre todos/as los/as usuarios/as,
con la necesaria fluidez del tráfico rodado y con el uso peatonal de las calles.
c) La retirada de los vehículos de las vías urbanas y el posterior depósito de aquellos en los
casos y condiciones que reglamentariamente se determine, cuando obstaculicen o dificulten la
circulación o supongan un peligro para ésta.
CVE:
BOP-2021-3608
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 26 de julio de 2021
N.º 0140
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