Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-3596)
BOP-2021-3596 Bases de la tercera convocatoria de concesión de prestaciones económicas de emergencia social 2021.
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2. Las solicitudes podrán presentarse en el Registro General y sus Registros Auxiliares del
Ayuntamiento Cáceres, así como en las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
‐ En la sede electrónica del Ayuntamiento de Cáceres: https://sede.caceres.es
‐ Cualquier oficina de la Red ORVE (Registro virtual a través de la red SARA) o el propio registro
electrónico de la red SARA: https://rec.redsara.es
Las solicitudes que se formulen a través de las oficinas de Correos se presentarán en sobre abierto al
objeto de que en las mismas se haga constar por el responsable la fecha de presentación.
Las solicitudes se presentarán conforme al modelo normalizado que figure en las respectivas
convocatorias y podrán ir acompañadas de documentación prevista en el artículo siguiente. Las
solicitudes se dirigirán al Sr. Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres o Concejal Delegado/a
competente en materia de asuntos sociales. Dicho modelo de solicitud estará a disposición de los
interesados en el portal web del Ayuntamiento de Cáceres, Sede electrónicas del Ayuntamiento de
Cáceres, en las Oficinas de Información y Registro y en el IMAS.
3. Una vez recibida la solicitud, si ésta presenta defectos o resultara incompleta, se requerirá al
interesado para que en el plazo de diez días hábiles subsane la falta o acompañe la documentación
que se determine, quedando en suspenso el plazo máximo para resolver hasta que aporte la
documentación requerida y con indicación de que, si así no lo hiciere, se le tendrá por desistido de su
solicitud, previa resolución expresa del órgano competente, que será dictada en los términos del
artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas
4. Los solicitantes deberán comunicar en el plazo de 10 días hábiles cualquier variación en los
requisitos exigidos o en las circunstancias de la unidad familiar que pudiera modificar el sentido de la
resolución o el importe de la ayuda, así como permitir y facilitar la actuación de los Servicios Sociales
y del personal del órgano concedente para evaluar su situación.
B.‐ Documentación:
1.‐ Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:
a). Fotocopia compulsada del DNI del solicitante y de todos los miembros de la unidad de
convivencia que lo posean en caso de nacionales. En el supuesto de extranjeros, tarjeta de residente,
pasaporte o cualquier otro documento con validez jurídica.
b). Certificado de empadronamiento colectivo de todos los miembros de la unidad de convivencia o
autorización al Ayuntamiento para recabarlo de oficio.
CVE:
BOP-2021-3596
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 26 de julio de 2021
N.º 0140
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