Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-3596)
BOP-2021-3596 Bases de la tercera convocatoria de concesión de prestaciones económicas de emergencia social 2021.
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4.‐ Asimismo, el interesado no está obligado a aportar la documentación exigida en los apartados a),
c) y d) del apartado A 1º de la presente Base, debiendo indicar en qué momento y ante qué órgano
administrativo presentó los citados documentos. En este caso, la Administración deberá recabarlos
electrónicamente a través de su red corporativa o de una consulta a la plataforma de intermediación
de datos u otros sistemas electrónicos al efecto.
BASE SÉPTIMA.‐ DOTACIÓN PRESUPUESTARIA.‐
1. El presupuesto destinado a la presente convocatoria 2021 asciende a:
- A.‐424.495,96 €, imputándose a la aplicación presupuestaria 10‐23101‐48000 del
Presupuesto del IMAS para el ejercicio 2021, destinados a las ayudas no comprendidas en los
apartados B, C, y D, RC nº: 22021000162.
- B.‐ 12.000 €, imputándose a la aplicación presupuestaria 10‐23101‐48001 del
Presupuesto del IMAS para el ejercicio 2021, destinados a las ayudas para productos farmacéuticos,
RC nº: 22021000161.
- C.‐ 10.000 €, imputándose a la aplicación presupuestaria 10‐23101‐48000 del
Presupuesto del IMAS para el ejercicio 2021, destinados a las ayudas para leche maternizada, RC nº:
22021000162.
- D.‐ 10.000 €, imputándose a la aplicación presupuestaria 10‐23101‐48000 del
Presupuesto del IMAS para el ejercicio 2021, destinados a las ayudas para alojamiento alternativo, RC
nº: 22021000164.
2. En aplicación de lo establecido en el acuerdo del Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres de 17
de abril de 2019, corresponde al IMAS la expedición de la tarjeta acreditativa de la tarifa social, a
solicitud del interesado, previa comprobación de los requisitos exigidos en el artículo 5.3 de la
Ordenanza reguladora de las prestaciones económicas de emergencia social del Instituto Municipal
de Asuntos Sociales, compensándose por el Ayuntamiento de Cáceres el déficit creado por la tarifa
social a la empresa de transporte urbano a través de la liquidación anual presentada.
BASE OCTAVA.‐ ORGANOS DE INSTRUCCIÓN, ORDENACIÓN Y RESOLUCIÓN DEL EXPEDIENTE
1.‐ Para el otorgamiento de la prestación económica, el interesado/a deberá presentar la solicitud
conforme al modelo Anexo I aprobado con la presente, junto con la documentación a que se refiere
la Base Sexta de la presente convocatoria.
2.‐ El órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento será el IMAS, que
realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y
comprobación de los datos en virtud de los cuales deba formularse la correspondiente propuesta de
resolución.
La concesión de las subvenciones será resuelta y notificada individualmente por la Presidencia del
IMAS, en el plazo de 1 mes desde la entrada de la solicitud en el Registro de entrada del
Ayuntamiento de Cáceres, previo informe social del trabajador social en el que se incluya la historia
social única. La resolución adoptada pone fin a la vía administrativa
CVE:
BOP-2021-3596
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 26 de julio de 2021
N.º 0140
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c) y d) del apartado A 1º de la presente Base, debiendo indicar en qué momento y ante qué órgano
administrativo presentó los citados documentos. En este caso, la Administración deberá recabarlos
electrónicamente a través de su red corporativa o de una consulta a la plataforma de intermediación
de datos u otros sistemas electrónicos al efecto.
BASE SÉPTIMA.‐ DOTACIÓN PRESUPUESTARIA.‐
1. El presupuesto destinado a la presente convocatoria 2021 asciende a:
- A.‐424.495,96 €, imputándose a la aplicación presupuestaria 10‐23101‐48000 del
Presupuesto del IMAS para el ejercicio 2021, destinados a las ayudas no comprendidas en los
apartados B, C, y D, RC nº: 22021000162.
- B.‐ 12.000 €, imputándose a la aplicación presupuestaria 10‐23101‐48001 del
Presupuesto del IMAS para el ejercicio 2021, destinados a las ayudas para productos farmacéuticos,
RC nº: 22021000161.
- C.‐ 10.000 €, imputándose a la aplicación presupuestaria 10‐23101‐48000 del
Presupuesto del IMAS para el ejercicio 2021, destinados a las ayudas para leche maternizada, RC nº:
22021000162.
- D.‐ 10.000 €, imputándose a la aplicación presupuestaria 10‐23101‐48000 del
Presupuesto del IMAS para el ejercicio 2021, destinados a las ayudas para alojamiento alternativo, RC
nº: 22021000164.
2. En aplicación de lo establecido en el acuerdo del Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres de 17
de abril de 2019, corresponde al IMAS la expedición de la tarjeta acreditativa de la tarifa social, a
solicitud del interesado, previa comprobación de los requisitos exigidos en el artículo 5.3 de la
Ordenanza reguladora de las prestaciones económicas de emergencia social del Instituto Municipal
de Asuntos Sociales, compensándose por el Ayuntamiento de Cáceres el déficit creado por la tarifa
social a la empresa de transporte urbano a través de la liquidación anual presentada.
BASE OCTAVA.‐ ORGANOS DE INSTRUCCIÓN, ORDENACIÓN Y RESOLUCIÓN DEL EXPEDIENTE
1.‐ Para el otorgamiento de la prestación económica, el interesado/a deberá presentar la solicitud
conforme al modelo Anexo I aprobado con la presente, junto con la documentación a que se refiere
la Base Sexta de la presente convocatoria.
2.‐ El órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento será el IMAS, que
realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y
comprobación de los datos en virtud de los cuales deba formularse la correspondiente propuesta de
resolución.
La concesión de las subvenciones será resuelta y notificada individualmente por la Presidencia del
IMAS, en el plazo de 1 mes desde la entrada de la solicitud en el Registro de entrada del
Ayuntamiento de Cáceres, previo informe social del trabajador social en el que se incluya la historia
social única. La resolución adoptada pone fin a la vía administrativa
CVE:
BOP-2021-3596
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 26 de julio de 2021
N.º 0140
Pág. 15757