Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyo de la Luz. (BOP-2021-3594)
BOP-2021-3594 Bases para la regulación del acceso y funcionamiento de las ayudas alimentarias que pudiera conceder el Ayuntamiento de Arroyo de la Luz como Organización Autorizada de Reparto del Banco de Alimentos.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.









Artículo 3.- OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS BENEFICIARIAS.
Las personas beneficiarias, sin perjuicio de las obligaciones genéricas derivadas de las leyes
de procedimiento administrativo y del art. 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, deberán cumplir lo siguiente:
Aportar junto con la solicitud, la documentación exigida en las presentes bases
reguladoras, justificando que se reúnen los requisitos establecidos.
Someterse a cuantas actuaciones de control y aportar la documentación que le sea
solicitada.
Comunicar en el plazo de 15 días naturales, cualquier cambio de las circunstancias
iniciales que pudieran modificar, suspender o extinguir la ayuda concedida.
Sólo se podrá presentar una solicitud por unidad familiar de convivencia.
Artículo 4.- DOCUMENTACIÓN
La documentación obligatoria que deberán entregar las personas interesadas, con validez de 6
meses:
Copias de DNI, NIE o Tarjeta de Residencia de todos los miembros de la unidad familiar
de convivencia.
Certificados de SEXPE de demandas de empleo de todos los miembros de la unidad
familiar mayores de 16 años que no realicen formación reglada.
Certificados de SEPE y de la Seguridad Social de todos los miembros de la unidad
familiar de convivencia mayores de 16 años, relativos a prestaciones y pensiones.
Copia de Libro de Familia o certificado de pareja de hecho, así como en su caso, Título
de Familia Numerosa.
Copia de la última Declaración IRPF, en caso de no estar obligado se deberá presentar
certificado de ingresos de cada uno/a de los/as miembros de la unidad familiar de
convivencia.
Art.5. – LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.
Las solicitudes se recogerán previa cita, en los Servicios Sociales de la localidad;
presentándose junto con la documentación requerida en el Registro Municipal.
El plazo de presentación estará abierto durante todo el año, estando condicionado al
mantenimiento del Ayuntamiento de Arroyo de la Luz como OAR del Banco de Alimento de
Cáceres.
CVE:
BOP-2021-3594
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 26 de julio de 2021
N.º 0140
Pág. 15742