Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valverde del Fresno. (BOP-2021-3569)
BOP-2021-3569 Bases convocatoria para la Provisión interina del puesto de Secretaría-Intervención del Ayuntamiento de Valverde del Fresno.
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II. CONDICIONES DE LOS/AS ASPIRANTES.
2.1. Para ser admitidos/as en la realización de estas pruebas selectivas, los/las aspirantes
deberán reunir los siguientes requisitos:
1º. Nacionalidad: tener la nacionalidad española conforme a lo establecido en el artículo
19.1º del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, que se remite a lo dispuesto en el
artículo 4 del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de
la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos de nacionales de otros
Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores/as.
2º. Capacidad: poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas
inherentes al puesto convocado.
3º. Edad: tener cumplidos 16 años y no exceder del límite establecido en las
disposiciones legales vigentes para la jubilación forzosa.
4º. Habilitación: no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio
de cualquier Administración Pública o de los organismos constitucionales o estatutarios
de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para
empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a la Escala de
funcionarios/as de administración local con habilitación de carácter nacional.
5º. Titulación: estar en posesión, o en condiciones de obtener en el momento en que
termine el plazo de presentación de instancias, de la titulación universitaria exigida para
el ingreso en los Cuerpos o Escalas clasificados en el Subgrupo A1, de acuerdo con lo
previsto en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del/a Empleado/a Público/a,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
En relación con lo anterior, se aportará el título de licenciado/a o grado; en ausencia de título, el
resguardo acreditativo de haberlo solicitado y haber abonado las tasas para su expedición. En
caso de duda, se aportará, igualmente, una certificación del expediente académico, para
comprobar que efectivamente se ha cursado una carrera universitaria de 4 años.
Los/las aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en
posesión de la correspondiente homologación del título. Este requisito no será de aplicación a
los/las aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el
ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.
CVE:
BOP-2021-3569
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 22 de julio de 2021
N.º 0138
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