Sección I - Administración Local. Entidades Locales Menores. Ayuntamiento de San Gil (E.L.M.). (BOP-2021-3548)
BOP-2021-3548 Aprobación definitiva de la Ordenanza Reguladora de la Administración Electrónica.
17 páginas totales
Página
Ayuntamiento de San Gil
ARTÍCULO 9. Perfil de contratante
Desde la sede electrónica se accederá al perfil de contratante del
Ayuntamiento, cuyo contenido se ajustará a lo dispuesto en la normativa de
contratación.
CAPÍTULO 4. REGISTRO ELECTRÓNICO
ARTÍCULO 10. Creación y funcionamiento del registro electrónico
Mediante esta Ordenanza se crea el registro electrónico del Ayuntamiento y
de sus entidades de derecho público dependientes, se determina el régimen de
funcionamiento y se establecen los requisitos y condiciones que habrán de
observarse en la presentación y remisión de solicitudes, escritos y comunicaciones
que se transmitan por medios electrónicos.
El funcionamiento del registro electrónico se rige por lo establecido en la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, en la presente Ordenanza y, en lo no previsto por éstos,
en la normativa de Derecho Administrativo que le sea de aplicación.
ARTÍCULO 11. Naturaleza y eficacia del registro electrónico
Este Ayuntamiento dispone de un registro electrónico general en el que se
hará el correspondiente asiento de todo documento que sea presentado o que se
reciba.
Los registros electrónicos de todas y cada una de las Administraciones,
deberán ser plenamente interoperables, de modo que se garantice su
compatibilidad informática e interconexión, así como la transmisión telemática de
los asientos registrales y de los documentos que se presenten en cualquiera de los
registros.
ARTÍCULO 12. Funciones del registro electrónico
El registro electrónico del Ayuntamiento cumplirá las siguientes funciones:
a) La recepción de escritos, solicitudes y comunicaciones, así como la
anotación de su asiento de entrada.
CVE:
BOP-2021-3548
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 21 de julio de 2021
N.º 0137
Pág. 15563