Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Membrío. (BOP-2021-3531)
BOP-2021-3531 Licitación Hostal Rural "La Venta el Membrillo".
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necesarios, con empresas del sector privado, dando cuenta al Ayuntamiento.
A.12) Deberá suscribir una Póliza de Seguro Multirriesgo de Responsabilidad Civil que
garantice el normal desarrollo de la actividad y cubra los riesgos que por daños
personales, daños materiales y perjuicios económicos sean causados a los/as
usuarios/as del establecimiento y de Incendios, que de cobertura a la contingencia de
Incendio producido por cualquier causa en los inmuebles al servicio del establecimiento,
incluida la explosión, caída de rayo, bomberos, salvamento, desescombro y demolición,
vandalismo, inundación y fenómenos atmosféricos, excluyéndose cualquier tipo de
franquicia. La citada póliza estará permanentemente en vigor y cubrirá las mencionadas
contingencias por un importe conjunto de 300.000 Euros, de los cuales 80.000 € se
destinarán a cubrir las Responsabilidad Civil del Arrendatario por la Explotación del
Hostal, Restaurante y los Servicios Complementarios de Café-Bar, etc., debiendo
garantizar el Seguro contra incendios un importe de 220.000 €, éste montante incluirá el
edificio, instalaciones, equipamientos, mobiliario y enseres existentes y al Servicio de la
Actividad en cada momento.
El arrendatario facilitará al Ayuntamiento una copia de la póliza a concertar y facultará a
éste, en caso de siniestro, para percibir las correspondientes indemnizaciones de la
Compañía Aseguradora.
A.13) El arrendatario se obliga a permitir el acceso a los inmuebles en que se
desarrollan las actividades al/a propietario/a y a las personas y/o profesionales
designados/as por el/la mismo/a para la inspección y comprobación del estado de los
mismos y de sus elementos e instalaciones, así como, en su caso, para la realización de
cualquier tipo de obra o reparación que pudiera resultar necesario llevar a cabo y que no
sea de responsabilidad del arrendatario.
A.14) El establecimiento se entrega al adjudicatario/a arrendatario en las condiciones en
que actualmente se encuentra con las instalaciones, mobiliario enseres, utillaje y demás
elementos y bienes que se recogen en el Inventario recogido en el Anexo I del presente
Pliego. Los gastos toda naturaleza que puedan generarse para poner en funcionamiento
el establecimiento derivados de pequeñas reparaciones necesarias para el comienzo de
la explotación serán de su cuenta.
B) Obligaciones del/a arrendador/a:
B.1) El Ayuntamiento ha efectuado a su costa todas las instalaciones del establecimiento
y la adopción de las medidas de prevención y protección contra incendios establecidas
CVE:
BOP-2021-3531
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 21 de julio de 2021
N.º 0137
Pág. 15509
A.12) Deberá suscribir una Póliza de Seguro Multirriesgo de Responsabilidad Civil que
garantice el normal desarrollo de la actividad y cubra los riesgos que por daños
personales, daños materiales y perjuicios económicos sean causados a los/as
usuarios/as del establecimiento y de Incendios, que de cobertura a la contingencia de
Incendio producido por cualquier causa en los inmuebles al servicio del establecimiento,
incluida la explosión, caída de rayo, bomberos, salvamento, desescombro y demolición,
vandalismo, inundación y fenómenos atmosféricos, excluyéndose cualquier tipo de
franquicia. La citada póliza estará permanentemente en vigor y cubrirá las mencionadas
contingencias por un importe conjunto de 300.000 Euros, de los cuales 80.000 € se
destinarán a cubrir las Responsabilidad Civil del Arrendatario por la Explotación del
Hostal, Restaurante y los Servicios Complementarios de Café-Bar, etc., debiendo
garantizar el Seguro contra incendios un importe de 220.000 €, éste montante incluirá el
edificio, instalaciones, equipamientos, mobiliario y enseres existentes y al Servicio de la
Actividad en cada momento.
El arrendatario facilitará al Ayuntamiento una copia de la póliza a concertar y facultará a
éste, en caso de siniestro, para percibir las correspondientes indemnizaciones de la
Compañía Aseguradora.
A.13) El arrendatario se obliga a permitir el acceso a los inmuebles en que se
desarrollan las actividades al/a propietario/a y a las personas y/o profesionales
designados/as por el/la mismo/a para la inspección y comprobación del estado de los
mismos y de sus elementos e instalaciones, así como, en su caso, para la realización de
cualquier tipo de obra o reparación que pudiera resultar necesario llevar a cabo y que no
sea de responsabilidad del arrendatario.
A.14) El establecimiento se entrega al adjudicatario/a arrendatario en las condiciones en
que actualmente se encuentra con las instalaciones, mobiliario enseres, utillaje y demás
elementos y bienes que se recogen en el Inventario recogido en el Anexo I del presente
Pliego. Los gastos toda naturaleza que puedan generarse para poner en funcionamiento
el establecimiento derivados de pequeñas reparaciones necesarias para el comienzo de
la explotación serán de su cuenta.
B) Obligaciones del/a arrendador/a:
B.1) El Ayuntamiento ha efectuado a su costa todas las instalaciones del establecimiento
y la adopción de las medidas de prevención y protección contra incendios establecidas
CVE:
BOP-2021-3531
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 21 de julio de 2021
N.º 0137
Pág. 15509