Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Madrigalejo. (BOP-2021-3530)
BOP-2021-3530 Aprobación Ordenanza fiscal reguladora del Mercado de Abastos.
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C.4. De 12,85 m2.............................................................. 50,00 €.
3 Puestos exteriores en el recinto del mercado:
E.1. Puestos exteriores autorizados................................... 25,00 €.
4 Puesto único situado en la torre:
T.1. Puesto de la torre........................................................ 25,00 €.
Artículo 7. Cuota.
Se calculará por la suma de todos los tipos de gravamen que sean de aplicación a un mismo
sujeto pasivo.
Artículo 8. Exenciones y bonificaciones.
No se contemplan exenciones de la cuota.
Por la Alcaldía, a instancias del/la interesado/a, se podrá bonificar la cuota hasta en un 80,00 %
como máximo, en los casos en los que la finalidad del uso del puesto concreto no se encuentre
directamente vinculada a un rendimiento lucrativo para su titular, a la vez que represente algún
tipo de beneficio social, aunque sea de manera indirecta. El uso de esta prerrogativa tendrá
naturaleza excepcional.
Artículo 9. Devengo.
Por mensualidades corrientes, domiciliadas en la cuenta que el concesionario comunique,
según el cálculo establecido en el artículo séptimo, en relación con el artículo sexto,
preferentemente en la primera quincena natural del mes correspondiente, salvo causa
justificada.
Artículo 10. Normas de gestión.
1. El órgano competente para otorgar las concesiones, de manera que los/as solicitantes
puedan establecerse en las instalaciones del mercado será la Alcaldía del Ayuntamiento.
2. El órgano competente para interpretar la presente ordenanza, así como para resolver
conflictos surgidos tanto por los/as concesionarios/as como por los usuarios/as, será la Alcaldía
del Ayuntamiento.
CVE:
BOP-2021-3530
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 21 de julio de 2021
N.º 0137
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