Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-3526)
BOP-2021-3526 Suscripción de Convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Cáceres y la Cámara Oficial de Comercio de la provincia de Cáceres para la gestión del programa municipal de ayudas de emergencia a autónomos/as y empresas afectadas por el COVID19 - 2021.
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i) Cualquier otra que se le encomiende por la Comisión de Seguimiento que se regula en
el presente Convenio.
3. Del mismo modo, LA CÁMARA asumirá las demás obligaciones que le imponen los artículos
15 y 16 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en lo que resulte
compatible con lo previsto en la Convocatoria, debiendo, en todo caso, someterse a las
actuaciones de comprobación y control previstas en el párrafo d) del apartado 1 del artículo 15
LGS.
4. La entidad colaboradora hará referencia en todo momento a que su colaboración se efectúa
en nombre y por cuenta del AYUNTAMIENTO.
5. La entidad colaboradora publicará en su web corporativa la información relativa a la
Convocatoria de subvenciones, y pondrá a disposición de esta iniciativa sus medios y canales
de comunicación, como las redes sociales, para difundir dicha información, que deberá en todo
momento incluir el número o números de teléfono habilitados.
6. La entidad colaboradora desarrollará las tareas propias de la colaboración en la gestión del
procedimiento objeto del presente convenio en sus propias instalaciones, empleando sus
propios medios materiales y personales, a excepción de la Sede Electrónica mediante la cual
se tramitarán las ayudas objeto del convenio, que será la del AYUNTAMIENTO, y en la que
éste habilitará al personal designado por LA CÁMARA.
SEXTA. OBLIGACIONES DEL AYUNTAMIENTO.
1. EL AYUNTAMIENTO, en su condición de órgano concedente de las subvenciones, asume
las siguientes obligaciones:
a) Facilitar a la Cámara acceso al aplicativo informático de gestión de las solicitudes de
subvención en los términos que se especifican en el presente Convenio e implementar
las acciones o recursos de formación necesarios para el manejo de dicho aplicativo.
b) Impartir a la entidad colaboradora instrucciones relativas a la interpretación de las
condiciones o requisitos establecidos en el procedimiento de gestión y tramitación de las
subvenciones.
c) Fijar a la entidad colaboradora los plazos de ejecución de las tareas a ejecutar por la
ella y supervisar el estricto cumplimiento de los plazos de trámites de la subvención.
CVE:
BOP-2021-3526
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 21 de julio de 2021
N.º 0137
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