Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-3526)
BOP-2021-3526 Suscripción de Convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Cáceres y la Cámara Oficial de Comercio de la provincia de Cáceres para la gestión del programa municipal de ayudas de emergencia a autónomos/as y empresas afectadas por el COVID19 - 2021.
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TERCERA. PLAZO DE VIGENCIA DEL CONVENIO.
El presente Convenio tendrá una vigencia de un año desde la fecha de su firma, pudiéndose
prorrogar de forma expresa mientras no hayan finalizado las tareas asumidas por la entidad
colaboradora, por un período de hasta cuatro años adicionales, previo acuerdo expreso
adoptado con una antelación mínima de un mes antes de su vencimiento.
CUARTA. MEDIDAS DE GARANTÍA. REQUISITOS DE SOLVENCIA DE LA ENTIDAD
COLABORADORA.
Se declara la exención de la Cámara de Comercio de Cáceres de la obligación de prestar
garantías para ser designada entidad colaboradora, dado su carácter de Corporación de
Derecho Público.
LA CÁMARA deberá acreditar hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones
tributarias estatales y autonómicas y con la Seguridad Social, mediante la aportación de
certificados expedidos por los órganos competentes.
De acuerdo con lo expuesto en el apartado séptimo de la parte expositiva del presente
Convenio se considera adecuada la solvencia de la entidad colaboradora.
QUINTA. OBLIGACIONES GENERALES DE LA ENTIDAD COLABORADORA.
Conforme a lo previsto en los artículos 12 y 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, la Cámara de Comercio de Cáceres actuará como entidad colaboradora para
la gestión de las ayudas conforme al procedimiento y normas establecidos en la Convocatoria
de ayudas, asumiendo los siguientes compromisos:
1. Actuará en nombre y por cuenta del Ayuntamiento de Cáceres a todos los efectos
relacionados con las subvenciones que se han descrito en las cláusulas anteriores, debiendo
disponer desde el momento del inicio de la colaboración de los medios humanos y técnicos
necesarios para ello.
2. En virtud de dicha habilitación, realizará las siguientes tareas:
a) Asistir y apoyar telefónicamente a las empresas interesadas en solicitar las
subvenciones, así como atender y resolver las dudas que les surjan en relación con la
presentación de solicitudes y documentación requerida por la Convocatoria, salvo las
relacionadas con los requisitos técnicos para el acceso a la sede electrónica del
Ayuntamiento y el funcionamiento del aplicativo informático municipal, que serán
CVE:
BOP-2021-3526
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 21 de julio de 2021
N.º 0137
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