Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-3526)
BOP-2021-3526 Suscripción de Convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Cáceres y la Cámara Oficial de Comercio de la provincia de Cáceres para la gestión del programa municipal de ayudas de emergencia a autónomos/as y empresas afectadas por el COVID19 - 2021.
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TERCERO. El régimen jurídico del presente convenio, en consonancia con los exponendos
Primero y Segundo, se encuentra recogido, con carácter general, en el Capítulo VI de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, norma estatal de carácter
básico, que los define como acuerdos con efectos jurídicos adoptados por las Administraciones
Públicas, los organismos públicos y entidades de derecho público, vinculadas o dependientes,
entre sí o con sujetos privados para un fin común.
CUARTO. Mediante Resolución de la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Cáceres de
fecha 6 de julio de 2021 se aprueba la Convocatoria de subvenciones del Programa de ayudas
de emergencia a autónomos/as y empresas del término municipal de Cáceres de los sectores
de Comercio, Hostelería, Turismo y otros/as afectados/as por la reducción de la actividad
ocasionada por el COVID-19 para el año 2021.
QUINTO. De acuerdo con la naturaleza jurídica de LA CÁMARA y la función público-
administrativa que tiene reconocida para tramitar programas públicos de ayudas a tenor de los
establecido en el artículo 11.2 i) de la Ley 3/2018 y a tales efectos, esto es, para la gestión de
las subvenciones descritas en el expositivo anterior se suscribe el presente Convenio.
SEXTO. EL AYUNTAMIENTO no cuenta con los medios y recursos humanos suficientes para
la diligente gestión del procedimiento de concesión de subvenciones aludidas en el apartado
cuarto de esta parte expositiva, máxime en la coyuntura actual causada por la pandemia del
COVID-19, que ha supuesto gestionar, además de la carga habitual de trabajo, gran cantidad
de subvenciones.
Es por ello, que en la base novena de dicha Convocatoria se designa a la Cámara de Comercio
de Cáceres como entidad colaboradora, de acuerdo con lo previsto en los artículos 12 a 16 de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, debiendo formalizar a estos
efectos el oportuno convenio de colaboración.
SÉPTIMO. LA CÁMARA, por su propios objetivos y fines, está interesada en apoyar a las
empresas y autónomos/as que se han visto más afectados/as por el Covid19 y, además,
cuenta con los medios y las capacidades necesarias para colaborar con el Ayuntamiento en la
gestión de las solicitudes de subvención, de tal forma que mejorará sensiblemente el servicio
prestado a las personas trabajadoras autónomas y pequeñas y medianas empresas.
Los puntos fuertes sobre los que se asienta esta designación son: la operatividad,
infraestructuras, viabilidad territorial y experiencia en la colaboración con las Administraciones
Públicas.
CVE:
BOP-2021-3526
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 21 de julio de 2021
N.º 0137
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