Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-3526)
BOP-2021-3526 Suscripción de Convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Cáceres y la Cámara Oficial de Comercio de la provincia de Cáceres para la gestión del programa municipal de ayudas de emergencia a autónomos/as y empresas afectadas por el COVID19 - 2021.
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Administrativo.
El conocimiento de las cuestiones litigiosas que puedan surgir en la interpretación y
cumplimiento del presente Convenio competerá a los órganos jurisdiccionales contencioso-
administrativos en los términos previstos, conforme a los criterios de competencia territorial y
objetiva previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-
administrativa.
DECIMOSEGUNDA. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.
1. EL AYUNTAMIENTO facilitará a LA CÁMARA el acceso al aplicativo informático de gestión
de la convocatoria, ubicados en la sede electrónica del AYUNTAMIENTO (aquí la URL).
2. Este Convenio se ejecutará mediante un acceso a los datos por cuenta de terceros de
acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter
Personal y garantía de los derechos digitales.
3. LA CÁMARA, en calidad de “encargada de tratamiento” podrá tratar los datos personales,
comprometiéndose a no aplicar o utilizar los datos personales a los que necesite acceder para
poder realizar los servicios objeto del presente Convenio a otros fines distintos de los que
figuren en el mismo, así como a no comunicarlos a terceros, ni siquiera para su conservación.
Asimismo, se obligará a implementar las medidas de seguridad que le correspondan según la
naturaleza de los datos personales que vaya a someter a tratamiento.
LA CÁMARA se obliga a cumplir con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
4. En caso de que la entidad colaboradora destine los datos a otra finalidad, los comunique o
los utilice incumpliendo las estipulaciones del presente Convenio, será considerado también
responsable del tratamiento, respondiendo de las infracciones en que hubiera incurrido
tipificadas en el Título IX de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
de Carácter Personal y garantía de los derechos digitales.
5. Finalizada la relación de prestación de servicios entre ambas partes, los datos de carácter
personal deberán ser destruidos, junto con los soportes o documentos que conserve con datos
personales, salvo que una disposición legal exija su conservación, en cuyo caso deberá
procederse a la devolución de los mismos garantizando el/la responsable del fichero dicha
conservación.
CVE:
BOP-2021-3526
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 21 de julio de 2021
N.º 0137
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