Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-3525)
BOP-2021-3525 Convocatoria Concesión Subvenciones Concejalía de Cultura 2021.
24 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
1.
2.
3.
4.
5.
1.
2.
3.
4.
5.
6.
subvencionado.
BASE DUODÉCIMA.- JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN.
La justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los
objetivos previstos en la concesión de la subvención se documentará a través de la rendición
de la cuenta justificativa, que constituye un acto obligatorio del beneficiario.
La cuenta justificativa deberá contener la siguiente documentación:
Memoria de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.
Memoria del coste de la totalidad del proyecto con desglose de cada uno de los
gastos.
Detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad
subvencionada, con indicación del importe y su procedencia.
Dossier de los elementos de publicidad del proyecto donde se refleje claramente la
financiación.
Facturas originales, justificantes de pago y demás documentos de valor probatorio
equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa. No se
admitirán pagos en metálico.
En las facturas deberán recogerse los datos siguientes:
Nombre, razón social, NIF de la empresa que factura y razón social del beneficiario.
Datos identificativos del destinatario/a, que deberá ser la entidad subvencionada.
Fecha de emisión y número de factura. (En este punto se exigirá que la fecha de
emisión sea el año 2021).
Importe total. Si figuran varios artículos deberán desglosarse y describirse cada uno de
ellos.
En las facturas constará el "recibí", firmado y sellado, acreditativo de que se ha
efectuado el abono de su importe por la entidad subvencionada, así como la aplicación
del IVA.
Base imponible, tipo de IVA, importe del IVA e importe total de la factura. En los
supuestos de que la entidad emisora de la factura esté exenta de IVA se incluirá
certificación acreditativa de esta exención.
BASE DECIMOTERCERA.- PLAZO DE JUSTIFICACIÓN.
El plazo de la justificación de la subvención será de un mes a partir de la fecha de finalización
de la actividad subvencionada o de la concesión de la subvención si se hubiera realizado, no
CVE:
BOP-2021-3525
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 21 de julio de 2021
N.º 0137
Pág. 15452