Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Miajadas. (BOP-2021-3465)
BOP-2021-3465 EXTRACTO Procedimiento de concesión directa de subvenciones destinadas a empresas de Miajadas para atenuar el impacto económico del Covid-19 para el ejercicio 2021.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Base undécima. Reintegro de las subvenciones.
Se procederá al reintegro del importe total de la subvención percibida en los supuestos
contemplados en el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones.
Sin perjuicio de iniciar el procedimiento de reintegro, en caso de incumplimiento de las
obligaciones establecidas con motivo de la concesión de la subvención, la persona o empresa
beneficiaria podrá comunicar al órgano gestor, por Sede Electrónica o Registro General del
Ayuntamiento de Miajadas, este hecho, y efectuar la devolución voluntaria de la cantidad
percibida.
Base décima-segunda. Datos personales, derechos de imagen, información y publicidad.
En cumplimiento del deber de informar establecido en la Ley 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de los Derechos Digitales, se tratarán y
guardarán los datos aportados en la instancia y documentación que la acompañe para la
tramitación y gestión del presente expediente administrativo y demás actuaciones relacionadas.
Se reconoce el derecho a los/as interesados/as a acceder, rectificar y suprimir los datos
facilitados, así como cualesquiera otros derechos que les correspondan. Los/as interesados/as
tienen derecho a oponerse en cualquier momento, por motivos relacionados con su situación
particular, a que los datos personales que les conciernan sean objeto de un tratamiento de
datos.
La finalidad de los mismos es la tramitación, gestión de expedientes administrativos y
actuaciones derivadas de éstos.
La participación en esta convocatoria conlleva la autorización al Excmo. Ayuntamiento de
Miajadas o a las personas físicas o jurídicas a las que éste autorice de los derechos de
explotación de las imágenes y grabaciones audiovisuales, así como a su difusión promocional,
sin limitación temporal alguna, en la web oficial del Ayuntamiento, medios de comunicación
autorizados y redes sociales en las que participe el Ayuntamiento.
La convocatoria y sus bases, así como los sucesivos anuncios relativos a la subvención, se
publicarán en la Base Nacional de Subvenciones, junto a un extracto en el B.O.P. de Cáceres,
además de en el Tablón de Edictos y en la página web municipal:
www.miajadas.org.
CVE:
BOP-2021-3465
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 16 de julio de 2021
N.º 0134
Pág. 15220
Se procederá al reintegro del importe total de la subvención percibida en los supuestos
contemplados en el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones.
Sin perjuicio de iniciar el procedimiento de reintegro, en caso de incumplimiento de las
obligaciones establecidas con motivo de la concesión de la subvención, la persona o empresa
beneficiaria podrá comunicar al órgano gestor, por Sede Electrónica o Registro General del
Ayuntamiento de Miajadas, este hecho, y efectuar la devolución voluntaria de la cantidad
percibida.
Base décima-segunda. Datos personales, derechos de imagen, información y publicidad.
En cumplimiento del deber de informar establecido en la Ley 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de los Derechos Digitales, se tratarán y
guardarán los datos aportados en la instancia y documentación que la acompañe para la
tramitación y gestión del presente expediente administrativo y demás actuaciones relacionadas.
Se reconoce el derecho a los/as interesados/as a acceder, rectificar y suprimir los datos
facilitados, así como cualesquiera otros derechos que les correspondan. Los/as interesados/as
tienen derecho a oponerse en cualquier momento, por motivos relacionados con su situación
particular, a que los datos personales que les conciernan sean objeto de un tratamiento de
datos.
La finalidad de los mismos es la tramitación, gestión de expedientes administrativos y
actuaciones derivadas de éstos.
La participación en esta convocatoria conlleva la autorización al Excmo. Ayuntamiento de
Miajadas o a las personas físicas o jurídicas a las que éste autorice de los derechos de
explotación de las imágenes y grabaciones audiovisuales, así como a su difusión promocional,
sin limitación temporal alguna, en la web oficial del Ayuntamiento, medios de comunicación
autorizados y redes sociales en las que participe el Ayuntamiento.
La convocatoria y sus bases, así como los sucesivos anuncios relativos a la subvención, se
publicarán en la Base Nacional de Subvenciones, junto a un extracto en el B.O.P. de Cáceres,
además de en el Tablón de Edictos y en la página web municipal:
www.miajadas.org.
CVE:
BOP-2021-3465
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 16 de julio de 2021
N.º 0134
Pág. 15220