Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-3462)
BOP-2021-3462 Bases Reguladoras de la Convocatoria Pública de Subvenciones destinadas a Asociaciones de Vecinos/as en la Ciudad de Cáceres para el año 2021.
47 páginas totales
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otorgadas aquellos que, de manera indubitada, respondan a la naturaleza de la actividad
subvencionada, resulten estrictamente necesarios, se realicen en el plazo establecido, y hayan sido
efectivamente pagados con anterioridad a la finalización del período de justificación previsto en el
presenta apartado.
2. Plazo de presentación de la cuenta justificativa. Se deberá presentar cuenta justificativa antes
del 31 de enero del 2022 (Modalidad A, B y C)
No obstante, sin perjuicio del plazo anterior para la cuenta justificativa, de manera
excepcional se podrán aportar con posterioridad a dicha fecha aquellos justificantes de pago que por
su naturaleza y plazo de abono (como los justificantes de abono de retenciones de Hacienda del
último trimestre, etc) resulte materialmente imposible realizarlos en el plazo señalado.
3. La Concejalía de Igualdad LGBTI, Cooperación, Participación Ciudadana y Barrios, como órgano
gestor, de acuerdo con lo previsto en el artículo 32.1 de la Ley General de Subvenciones
comprobará la adecuada justificación de la subvención y la realización de la actividad y el
cumplimiento de la finalidad que determinó la concesión de la subvención. La Intervención de este
Ayuntamiento será la responsable de la fiscalización y el control financiero de estas subvenciones.
En el caso de que existiese disconformidad total o parcial con los justificantes aportados, o si,
transcurrido el plazo de justificación no se hubiese procedido a la misma, se requerirá al perceptor
para que, en el plazo de 15 días, proceda a presentar la justificación o subsanar las omisiones y/o
defectos de la justificación presentada, iniciándose en caso contrario, el procedimiento para el
reintegro y revocación de la subvención, con independencia de la aplicación del régimen de
sanciones previsto en la Ley 38/2003, de 14 de noviembre, General de Subvenciones, si procediese.
4. Contenido de la cuenta justificativa a presentar. En virtud de las determinaciones previstas en el
artículo 75 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, la justificación se realizará mediante la
presentación de cuenta justificativa según modelo orientativo facilitado (anexo VIII), que incorporará
los siguientes documentos:
4.1.- Una memoria de actuaciones justificativa (anexo VIII) del cumplimiento de las
condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas
y de los resultados obtenidos. La memoria deberá contener:
- Relación de actividades realizadas con cargo a la subvención precisando en cada una el
nº de personas que han participado , la fecha de realización y breve descripción de la
actividad
- Copia de la cartelería, vídeos, fotos, cd, folletos y similares utilizados para la difusión
de la actividad o generados con la financiación del proyecto donde figure la colaboración
del Exmo. Ayuntamiento de Cáceres
- Documentación complementaria tales como reportaje fotográfico u otros documentos
que acrediten la realización de la actividad.
4.2.- Una relación clasificada de los gastos de la actividad, con identificación del acreedor y
del documento, su importe, fecha de emisión, fecha de pago y relación de cada gasto con la
CVE:
BOP-2021-3462
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 16 de julio de 2021
N.º 0134
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otorgadas aquellos que, de manera indubitada, respondan a la naturaleza de la actividad
subvencionada, resulten estrictamente necesarios, se realicen en el plazo establecido, y hayan sido
efectivamente pagados con anterioridad a la finalización del período de justificación previsto en el
presenta apartado.
2. Plazo de presentación de la cuenta justificativa. Se deberá presentar cuenta justificativa antes
del 31 de enero del 2022 (Modalidad A, B y C)
No obstante, sin perjuicio del plazo anterior para la cuenta justificativa, de manera
excepcional se podrán aportar con posterioridad a dicha fecha aquellos justificantes de pago que por
su naturaleza y plazo de abono (como los justificantes de abono de retenciones de Hacienda del
último trimestre, etc) resulte materialmente imposible realizarlos en el plazo señalado.
3. La Concejalía de Igualdad LGBTI, Cooperación, Participación Ciudadana y Barrios, como órgano
gestor, de acuerdo con lo previsto en el artículo 32.1 de la Ley General de Subvenciones
comprobará la adecuada justificación de la subvención y la realización de la actividad y el
cumplimiento de la finalidad que determinó la concesión de la subvención. La Intervención de este
Ayuntamiento será la responsable de la fiscalización y el control financiero de estas subvenciones.
En el caso de que existiese disconformidad total o parcial con los justificantes aportados, o si,
transcurrido el plazo de justificación no se hubiese procedido a la misma, se requerirá al perceptor
para que, en el plazo de 15 días, proceda a presentar la justificación o subsanar las omisiones y/o
defectos de la justificación presentada, iniciándose en caso contrario, el procedimiento para el
reintegro y revocación de la subvención, con independencia de la aplicación del régimen de
sanciones previsto en la Ley 38/2003, de 14 de noviembre, General de Subvenciones, si procediese.
4. Contenido de la cuenta justificativa a presentar. En virtud de las determinaciones previstas en el
artículo 75 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, la justificación se realizará mediante la
presentación de cuenta justificativa según modelo orientativo facilitado (anexo VIII), que incorporará
los siguientes documentos:
4.1.- Una memoria de actuaciones justificativa (anexo VIII) del cumplimiento de las
condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas
y de los resultados obtenidos. La memoria deberá contener:
- Relación de actividades realizadas con cargo a la subvención precisando en cada una el
nº de personas que han participado , la fecha de realización y breve descripción de la
actividad
- Copia de la cartelería, vídeos, fotos, cd, folletos y similares utilizados para la difusión
de la actividad o generados con la financiación del proyecto donde figure la colaboración
del Exmo. Ayuntamiento de Cáceres
- Documentación complementaria tales como reportaje fotográfico u otros documentos
que acrediten la realización de la actividad.
4.2.- Una relación clasificada de los gastos de la actividad, con identificación del acreedor y
del documento, su importe, fecha de emisión, fecha de pago y relación de cada gasto con la
CVE:
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Verificable
en:
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