Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-3462)
BOP-2021-3462 Bases Reguladoras de la Convocatoria Pública de Subvenciones destinadas a Asociaciones de Vecinos/as en la Ciudad de Cáceres para el año 2021.
47 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Pág- 9
Cáceres, en el plazo de 15 días hábiles, a partir del día siguiente al de la publicación de la
convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el Boletín Oficial de la Provincia de
Cáceres. Los interesados podrán examinar el texto íntegro de estas Bases en la página WEB de la
Base de Datos de Subvenciones dependiente de la Intervención General del Estado. En el caso de que
el último día de plazo recayera en sábado, domingo o festivo, el plazo se prorrogará hasta el
siguiente inmediato día hábil.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y dado que las presentas
Bases van dirigidas a personas jurídicas como posibles perceptoras de las ayudas, dichas entidades
estarán obligadas a relacionarse en todo momento con este Ayuntamiento a través de medios
electrónicos y deberán tramitar todas las fases del procedimiento a través de la Sede Electrónica
municipal recibiendo igualmente todas las notificaciones relativas a dicho procedimiento de forma
electrónica.
Los/as interesados/as podrán revisar el texto íntegro de estas bases en la página Web de la
Base de Datos de subvenciones dependiente de la Intervención General del Estado.
3.- Subsanación de deficiencias. Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la
norma de la convocatoria, se requerirá al interesado para que subsane en el plazo máximo e
improrrogable de diez días hábiles, indicándole que si no lo hiciere se le tendrá por desistido de su
solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 68 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
BASE QUINTA.- DOTACIÓN PRESUPUESTARIA.-
1.-Para financiar la totalidad de las solicitudes de subvenciones se reserva una cuantía de
66.000 euros. El crédito destinado a las diferentes modalidades es:
MODALIDAD A: 30.000 euros
MODALIDAD B: 32.000 euros
MODALIDAD C: 4.000 euros.
2.-En el caso de que se produzca un excedente de crédito sin otorgar en alguna modalidad,
éste se podrá destinar a incrementar el destinado a otra modalidad que así lo requiera. En el caso de
remanente en la cuantía global asignada a este Plan de subvenciones, el sobrante se destinará a
financiar a proyectos por razones de interés público y social.
3.-Para esta cuantía existe consignación presupuestaria suficiente en la partida 17.924.48900
del Presupuesto General del Ayuntamiento de Cáceres según informe preceptivo de la intervención
del Ayuntamiento de fecha 7 julio de 2021, que establece los créditos presupuestarios destinados a
la presente convocatoria 2021 con cargo a la aplicación presupuestaria 17-924-48900, asciende a
66.000 euros, constando documento RC nº 220200004157 por importe de 23.100,00 euros para la
anualidad 2021 y RC de ejercicio posterior nº 220219000065 por importe de 42.900 euros para la
anualidad 2022.
CVE:
BOP-2021-3462
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 16 de julio de 2021
N.º 0134
Pág. 15168
Cáceres, en el plazo de 15 días hábiles, a partir del día siguiente al de la publicación de la
convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el Boletín Oficial de la Provincia de
Cáceres. Los interesados podrán examinar el texto íntegro de estas Bases en la página WEB de la
Base de Datos de Subvenciones dependiente de la Intervención General del Estado. En el caso de que
el último día de plazo recayera en sábado, domingo o festivo, el plazo se prorrogará hasta el
siguiente inmediato día hábil.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y dado que las presentas
Bases van dirigidas a personas jurídicas como posibles perceptoras de las ayudas, dichas entidades
estarán obligadas a relacionarse en todo momento con este Ayuntamiento a través de medios
electrónicos y deberán tramitar todas las fases del procedimiento a través de la Sede Electrónica
municipal recibiendo igualmente todas las notificaciones relativas a dicho procedimiento de forma
electrónica.
Los/as interesados/as podrán revisar el texto íntegro de estas bases en la página Web de la
Base de Datos de subvenciones dependiente de la Intervención General del Estado.
3.- Subsanación de deficiencias. Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la
norma de la convocatoria, se requerirá al interesado para que subsane en el plazo máximo e
improrrogable de diez días hábiles, indicándole que si no lo hiciere se le tendrá por desistido de su
solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 68 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
BASE QUINTA.- DOTACIÓN PRESUPUESTARIA.-
1.-Para financiar la totalidad de las solicitudes de subvenciones se reserva una cuantía de
66.000 euros. El crédito destinado a las diferentes modalidades es:
MODALIDAD A: 30.000 euros
MODALIDAD B: 32.000 euros
MODALIDAD C: 4.000 euros.
2.-En el caso de que se produzca un excedente de crédito sin otorgar en alguna modalidad,
éste se podrá destinar a incrementar el destinado a otra modalidad que así lo requiera. En el caso de
remanente en la cuantía global asignada a este Plan de subvenciones, el sobrante se destinará a
financiar a proyectos por razones de interés público y social.
3.-Para esta cuantía existe consignación presupuestaria suficiente en la partida 17.924.48900
del Presupuesto General del Ayuntamiento de Cáceres según informe preceptivo de la intervención
del Ayuntamiento de fecha 7 julio de 2021, que establece los créditos presupuestarios destinados a
la presente convocatoria 2021 con cargo a la aplicación presupuestaria 17-924-48900, asciende a
66.000 euros, constando documento RC nº 220200004157 por importe de 23.100,00 euros para la
anualidad 2021 y RC de ejercicio posterior nº 220219000065 por importe de 42.900 euros para la
anualidad 2022.
CVE:
BOP-2021-3462
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 16 de julio de 2021
N.º 0134
Pág. 15168