Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Logrosán. (BOP-2021-3449)
BOP-2021-3449 Reglamento Interno Escuela Profesional Construye-Logrosán.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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c) Respeto a su conciencia cívica o moral.
d) Recibir una formación conforme a los objetivos de este proyecto de escuelas
profesionales duales de empleo y a las necesidades y posibilidades personales de cada
alumno/a-trabajador/a.
e) Realizar actividades culturales diversas que contribuyan a su formación integral.
f) Recibir información y orientación sobre su rendimiento.
g) Disponer de ropa laboral y utensilios adecuados para el desempeño de sus tareas
conforme a las normas de seguridad e higiene en el trabajo.
h) A su integridad física y una adecuada puesta en práctica de las normas de seguridad
e higiene en el trabajo.
i) Elegir sus delegados y representantes ante los distintos órganos del proyecto de
formación profesional.
j) Formular cuantas iniciativas, consultas, sugerencias y reclamaciones estimen
oportunas, bien a título personal o a través de sus delegados.
k) A no ser discriminados por razón de sexo, estado civil, raza, edad, condición social,
ideas religiosas o políticas, disminución física… según lo establecido en la Ley.
l) A la percepción de la remuneración legalmente establecida.
m) A cuantos otros se deriven específicamente del contrato de trabajo y demás
disposiciones legales.
Artículo 12. Deberes.
Los que a continuación se relacionan:
a) Respetar las normas de régimen interno del proyecto de formación profesional dual.
b) Respetar la dignidad de todas las personas pertenecientes al proyecto, tanto equipo
técnico como alumnos/as-trabajadores/as, así como mantener una actitud cívica en
todas las actividades dentro de la jornada laboral.
c) Cumplir las órdenes e instrucciones del equipo técnico en el ejercicio regular de sus
facultades, y de personal autorizado para ello.
CVE:
BOP-2021-3449
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 15 de julio de 2021
N.º 0133
Pág. 15110
d) Recibir una formación conforme a los objetivos de este proyecto de escuelas
profesionales duales de empleo y a las necesidades y posibilidades personales de cada
alumno/a-trabajador/a.
e) Realizar actividades culturales diversas que contribuyan a su formación integral.
f) Recibir información y orientación sobre su rendimiento.
g) Disponer de ropa laboral y utensilios adecuados para el desempeño de sus tareas
conforme a las normas de seguridad e higiene en el trabajo.
h) A su integridad física y una adecuada puesta en práctica de las normas de seguridad
e higiene en el trabajo.
i) Elegir sus delegados y representantes ante los distintos órganos del proyecto de
formación profesional.
j) Formular cuantas iniciativas, consultas, sugerencias y reclamaciones estimen
oportunas, bien a título personal o a través de sus delegados.
k) A no ser discriminados por razón de sexo, estado civil, raza, edad, condición social,
ideas religiosas o políticas, disminución física… según lo establecido en la Ley.
l) A la percepción de la remuneración legalmente establecida.
m) A cuantos otros se deriven específicamente del contrato de trabajo y demás
disposiciones legales.
Artículo 12. Deberes.
Los que a continuación se relacionan:
a) Respetar las normas de régimen interno del proyecto de formación profesional dual.
b) Respetar la dignidad de todas las personas pertenecientes al proyecto, tanto equipo
técnico como alumnos/as-trabajadores/as, así como mantener una actitud cívica en
todas las actividades dentro de la jornada laboral.
c) Cumplir las órdenes e instrucciones del equipo técnico en el ejercicio regular de sus
facultades, y de personal autorizado para ello.
CVE:
BOP-2021-3449
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 15 de julio de 2021
N.º 0133
Pág. 15110