Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-3427)
BOP-2021-3427 Aprobación convocatoria de subvenciones para Autónomos/as y Empresas del término municipal de Cáceres de los sectores de comercio, hosteleria, turismo y otros afectados por la reducción de la actividad ocasionada por el Covid-19 durante 2021.
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Grupo 2
X = 1,4*V
Siendo:
X = Cantidad a percibir por cada uno de los solicitantes del Grupo 2.
V = Cantidad a percibir por cada uno de los solicitantes del Grupo 1.
Grupo 3
Y = 1,6*V
Siendo:
Y = Cantidad a percibir por cada uno de los solicitantes del Grupo 3.
V = Cantidad a percibir por cada uno de los solicitantes del Grupo 1.
Todas las cifras resultantes de la aplicación de las fórmulas anteriores se
redondearán al segundo decimal.
Ninguno de los solicitantes podrá recibir una ayuda superior a 2.999 EUROS.
Base 9. Entidad Colaboradora
Conforme a los artículos 12 y 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, será entidad colaboradora la Cámara de Comercio de Cáceres.
La Cámara de Comercio de Cáceres actuará en nombre y por cuenta del órgano
concedente a todos los efectos relacionados con la subvención y colaborará en la gestión de la
subvención, verificando y comprobando la adecuación a estas bases de las solicitudes y la
documentación presentada por los solicitantes, sin que se produzca la previa entrega y
distribución de fondos. Se formalizará un convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de
Cáceres, como entidad concedente, y la Cámara de Comercio de Cáceres, como entidad
colaboradora, en el que se regularán las condiciones y obligaciones asumidas por ésta,
conforme a los artículos 15 y 16 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
Base 10.- Gestión e Instrucción de las ayudas.
1. La gestión de las subvenciones se llevará a cabo por la Concejalía de Economía,
Hacienda, Mercados, Contratación, Comercio, Empresa y Régimen Interior con el apoyo del
órgano instructor, los Agentes de Empleo y Desarrollo Local municipales y la entidad
colaboradora.
2.- El órgano instructor de las ayudas será la Sección de Fondos Estratégicos del
CVE:
BOP-2021-3427
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 14 de julio de 2021
N.º 0132
Pág. 15035
X = 1,4*V
Siendo:
X = Cantidad a percibir por cada uno de los solicitantes del Grupo 2.
V = Cantidad a percibir por cada uno de los solicitantes del Grupo 1.
Grupo 3
Y = 1,6*V
Siendo:
Y = Cantidad a percibir por cada uno de los solicitantes del Grupo 3.
V = Cantidad a percibir por cada uno de los solicitantes del Grupo 1.
Todas las cifras resultantes de la aplicación de las fórmulas anteriores se
redondearán al segundo decimal.
Ninguno de los solicitantes podrá recibir una ayuda superior a 2.999 EUROS.
Base 9. Entidad Colaboradora
Conforme a los artículos 12 y 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, será entidad colaboradora la Cámara de Comercio de Cáceres.
La Cámara de Comercio de Cáceres actuará en nombre y por cuenta del órgano
concedente a todos los efectos relacionados con la subvención y colaborará en la gestión de la
subvención, verificando y comprobando la adecuación a estas bases de las solicitudes y la
documentación presentada por los solicitantes, sin que se produzca la previa entrega y
distribución de fondos. Se formalizará un convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de
Cáceres, como entidad concedente, y la Cámara de Comercio de Cáceres, como entidad
colaboradora, en el que se regularán las condiciones y obligaciones asumidas por ésta,
conforme a los artículos 15 y 16 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
Base 10.- Gestión e Instrucción de las ayudas.
1. La gestión de las subvenciones se llevará a cabo por la Concejalía de Economía,
Hacienda, Mercados, Contratación, Comercio, Empresa y Régimen Interior con el apoyo del
órgano instructor, los Agentes de Empleo y Desarrollo Local municipales y la entidad
colaboradora.
2.- El órgano instructor de las ayudas será la Sección de Fondos Estratégicos del
CVE:
BOP-2021-3427
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 14 de julio de 2021
N.º 0132
Pág. 15035