Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2021-3413)
BOP-2021-3413 Bases que han de regir la convocatoria para cubrir 1 plaza de Técnico/a en Relaciones Laborales (Funcionario de Carrera).
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las medidas necesarias que garanticen el debido orden en las mismas en todo lo no previsto en
las bases.
5.8.- Abstención y Recusación.
Los componentes del Tribunal al igual que los observadores sindicales, deberán abstenerse de
formar parte del mismo, comunicándolo a la autoridad convocante, a partir de la publicación de
las listas de aspirantes admitidos, cuando se dé alguna causa de abstención señalada en el
artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Asimismo los aspirantes podrán recusarlos (art.24 de la Ley 40/15).
Los aspirantes podrán, en los casos señalados en el párrafo anterior, promover la recusación
de los miembros del Tribunal, para ello dispondrán de un plazo de 10 días hábiles desde la
publicación de la composición del Tribunal (Artículo 24.1 Ley 40/2015)
5.9.-Clasificación del Tribunal.
El Tribunal que actúe en esta prueba selectiva tendrá la categoría segunda, de las recogidas
en el Anexo IV del Real Decreto 462/2002 de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del
servicio.
5.10.- Revisión de Resoluciones del Tribunal.
Las resoluciones del Tribunal vinculan a la Administración, sin prejuicio de que ésta, en su
caso, pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto en el Título V Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en cuyo
caso habrán de practicarse de nuevo las pruebas o trámites afectados por las irregularidades.
Contra las resoluciones y actos de los órganos de selección y sus actos de trámite que impidan
continuar el procedimiento o produzcan indefensión podrá interponerse recurso de alzada ante
la Alcaldía.
SEXTA.- ACTUACIÓN DE LOS ASPIRANTES.
El orden de actuación de los aspirantes, en los ejercicios que no se puedan realizar
conjuntamente, se iniciará por orden alfabético de apellidos según último sorteo público
efectuado para determinar el orden de actuación en las pruebas selectivas convocadas por la
Junta de Extremadura (DOE Nº 42 de fecha 3 de marzo de 2021, letra “M”). Los/as
opositores/as, con la salvedad fijada con anterioridad, serán convocados/as en llamamiento
único debiendo acudir provistos del Documento Nacional de Identidad, pudiendo el Tribunal
requerirles en cualquier momento para que acrediten su identidad.
CVE:
BOP-2021-3413
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 13 de julio de 2021
N.º 0131
Pág. 14963
las bases.
5.8.- Abstención y Recusación.
Los componentes del Tribunal al igual que los observadores sindicales, deberán abstenerse de
formar parte del mismo, comunicándolo a la autoridad convocante, a partir de la publicación de
las listas de aspirantes admitidos, cuando se dé alguna causa de abstención señalada en el
artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Asimismo los aspirantes podrán recusarlos (art.24 de la Ley 40/15).
Los aspirantes podrán, en los casos señalados en el párrafo anterior, promover la recusación
de los miembros del Tribunal, para ello dispondrán de un plazo de 10 días hábiles desde la
publicación de la composición del Tribunal (Artículo 24.1 Ley 40/2015)
5.9.-Clasificación del Tribunal.
El Tribunal que actúe en esta prueba selectiva tendrá la categoría segunda, de las recogidas
en el Anexo IV del Real Decreto 462/2002 de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del
servicio.
5.10.- Revisión de Resoluciones del Tribunal.
Las resoluciones del Tribunal vinculan a la Administración, sin prejuicio de que ésta, en su
caso, pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto en el Título V Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en cuyo
caso habrán de practicarse de nuevo las pruebas o trámites afectados por las irregularidades.
Contra las resoluciones y actos de los órganos de selección y sus actos de trámite que impidan
continuar el procedimiento o produzcan indefensión podrá interponerse recurso de alzada ante
la Alcaldía.
SEXTA.- ACTUACIÓN DE LOS ASPIRANTES.
El orden de actuación de los aspirantes, en los ejercicios que no se puedan realizar
conjuntamente, se iniciará por orden alfabético de apellidos según último sorteo público
efectuado para determinar el orden de actuación en las pruebas selectivas convocadas por la
Junta de Extremadura (DOE Nº 42 de fecha 3 de marzo de 2021, letra “M”). Los/as
opositores/as, con la salvedad fijada con anterioridad, serán convocados/as en llamamiento
único debiendo acudir provistos del Documento Nacional de Identidad, pudiendo el Tribunal
requerirles en cualquier momento para que acrediten su identidad.
CVE:
BOP-2021-3413
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Martes, 13 de julio de 2021
N.º 0131
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