Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fresnedoso de Ibor. (BOP-2021-3405)
BOP-2021-3405 Aprobación definitiva de la Ordenanza de Administración Electrónica.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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a.
https://fresnedosodeibor.sedelectronica.es
La titularidad de la sede electrónica corresponderá a la Administración municipal.
La sede electrónica se crea con sujeción a los principios de transparencia, publicidad,
responsabilidad, calidad, seguridad, disponibilidad, accesibilidad, neutralidad e
interoperabilidad.
La sede electrónica utilizará para identificarse y garantizar una comunicación segura,
certificado reconocido o cualificado de autenticación de sitio web o equivalente.
La sede electrónica deberá ser accesible a los/as ciudadanos/as todos los días del año,
durante las veinticuatro horas del día. Sólo cuando concurran razones justificadas de
mantenimiento técnico u operativo podrá interrumpirse, por el tiempo imprescindible, la
accesibilidad a la misma. La interrupción deberá anunciarse en la propia sede con la antelación
que, en su caso, resulte posible. En supuestos de interrupción no planificada en el
funcionamiento de la sede, y siempre que sea factible, el/la usuario/a visualizará un mensaje en
que se comunique tal circunstancia.
ARTÍCULO 5. Catálogo de procedimientos.
Tal y como establece artículo 53.1 f) de la citada Ley 39/2015, el/la interesado/a tiene, entre
otros, el derecho a obtener información y orientación acerca de los requisitos jurídicos o
técnicos que las disposiciones vigentes impongan a los proyectos, actuaciones o solicitudes
que se proponga realizar.
En este mismo sentido, el artículo 16.1 también de la Ley 39/2015, establece que en la sede
electrónica de acceso a cada registro figurará la relación actualizada de trámites que pueden
iniciarse en el mismo.
A estos efectos, el Ayuntamiento hará público y mantendrá actualizado el catálogo de
procedimientos y actuaciones en la sede electrónica.
ARTÍCULO 6. Contenido de la sede electrónica.
La sede electrónica tendrá el contenido marcado en la legislación aplicable, debiendo figurar en
todo caso:
La identificación del órgano titular de la sede y de los responsables de su gestión y de
los servicios puestos a disposición de la misma y en su caso, de las subsedes de ella
derivadas.
CVE:
BOP-2021-3405
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 13 de julio de 2021
N.º 0131
Pág. 14899
https://fresnedosodeibor.sedelectronica.es
La titularidad de la sede electrónica corresponderá a la Administración municipal.
La sede electrónica se crea con sujeción a los principios de transparencia, publicidad,
responsabilidad, calidad, seguridad, disponibilidad, accesibilidad, neutralidad e
interoperabilidad.
La sede electrónica utilizará para identificarse y garantizar una comunicación segura,
certificado reconocido o cualificado de autenticación de sitio web o equivalente.
La sede electrónica deberá ser accesible a los/as ciudadanos/as todos los días del año,
durante las veinticuatro horas del día. Sólo cuando concurran razones justificadas de
mantenimiento técnico u operativo podrá interrumpirse, por el tiempo imprescindible, la
accesibilidad a la misma. La interrupción deberá anunciarse en la propia sede con la antelación
que, en su caso, resulte posible. En supuestos de interrupción no planificada en el
funcionamiento de la sede, y siempre que sea factible, el/la usuario/a visualizará un mensaje en
que se comunique tal circunstancia.
ARTÍCULO 5. Catálogo de procedimientos.
Tal y como establece artículo 53.1 f) de la citada Ley 39/2015, el/la interesado/a tiene, entre
otros, el derecho a obtener información y orientación acerca de los requisitos jurídicos o
técnicos que las disposiciones vigentes impongan a los proyectos, actuaciones o solicitudes
que se proponga realizar.
En este mismo sentido, el artículo 16.1 también de la Ley 39/2015, establece que en la sede
electrónica de acceso a cada registro figurará la relación actualizada de trámites que pueden
iniciarse en el mismo.
A estos efectos, el Ayuntamiento hará público y mantendrá actualizado el catálogo de
procedimientos y actuaciones en la sede electrónica.
ARTÍCULO 6. Contenido de la sede electrónica.
La sede electrónica tendrá el contenido marcado en la legislación aplicable, debiendo figurar en
todo caso:
La identificación del órgano titular de la sede y de los responsables de su gestión y de
los servicios puestos a disposición de la misma y en su caso, de las subsedes de ella
derivadas.
CVE:
BOP-2021-3405
Verificable
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Martes, 13 de julio de 2021
N.º 0131
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