Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Berrocalejo. (BOP-2021-3358)
BOP-2021-3358 Aprobación definitiva modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa por utilización de la Piscina Municipal.
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
●
●
●
●
Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Berrocalejo
ANUNCIO. Aprobación definitiva modificación de la Ordenanza Fiscal
Reguladora de la tasa por utilización de la Piscina Municipal.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de
Berrocalejo sobre la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa de
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACIÓN DE LA PISCINA
MUNICIPAL, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto
Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Artículo 6.
1. La cuantía de la tasa regulada en esta ordenanza será fijada en la tarifa contenida en el
apartado siguiente, para cada uno de los servicios o actividades.
2. La tarifa de esta tasa por persona, será la siguiente:
ENTRADAS:
Diario:
Adultos: 2 euros.
Niños/as y jubilados/as: 1,50 euros.
Festivos:
Adultos: 2,50 euros.
Niños/as y jubilados/as: 2 euros.
Se considerarán niños/as: de 5 a 12 años.
Se considerarán jubilados/as: mayores de 65 años.
CVE:
BOP-2021-3358
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 9 de julio de 2021
N.º 0129
Pág. 14750
●
●
●
Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Berrocalejo
ANUNCIO. Aprobación definitiva modificación de la Ordenanza Fiscal
Reguladora de la tasa por utilización de la Piscina Municipal.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de
Berrocalejo sobre la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa de
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACIÓN DE LA PISCINA
MUNICIPAL, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto
Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Artículo 6.
1. La cuantía de la tasa regulada en esta ordenanza será fijada en la tarifa contenida en el
apartado siguiente, para cada uno de los servicios o actividades.
2. La tarifa de esta tasa por persona, será la siguiente:
ENTRADAS:
Diario:
Adultos: 2 euros.
Niños/as y jubilados/as: 1,50 euros.
Festivos:
Adultos: 2,50 euros.
Niños/as y jubilados/as: 2 euros.
Se considerarán niños/as: de 5 a 12 años.
Se considerarán jubilados/as: mayores de 65 años.
CVE:
BOP-2021-3358
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 9 de julio de 2021
N.º 0129
Pág. 14750