Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zorita. (BOP-2021-3340)
BOP-2021-3340 Aprobacion definitiva Ordenanza Servicio Ayuda a domicilio.
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MODELO DE ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA
DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO
Ayuntamiento de Zorita Pág. 4 de 22
La citada Ley 39/2006, de 14 de diciembre, crea un Sistema para la Autonomía
y Atención a la Dependencia cuya novedad principal, respecto a la situación anterior es
su carácter universal, su configuración como un derecho subjetivo y el establecimiento
de un modelo mixto con dos niveles de protección: uno básico de cobertura total por el
Estado y otro acordado por el Estado y las CCAA, sistema que garantiza unos mínimos
comunes a todos los españoles.
La efectividad del derecho a las prestaciones de dependencia establecidas se
realizará de forma progresiva en un periodo de 8 años, desde el 1 de enero de 2007,
conforme al calendario que la propia Ley establece en función del grado y nivel de
dependencia.
Tras la entrada en vigor de la citada Ley 39/2006, de 14 de diciembre, que
atribuye a las Comunidades Autónomas las competencias directamente relacionadas
con el Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia y la aprobación del Real
Decreto 504/2007, de 20 de abril, que regula el baremo de valoración de la situación
de dependencia establecido por la misma, se hace necesario que el este Ayuntamiento
revise los objetivos a cubrir a través de las prestaciones y servicios recogidos en la
presente Ordenanza, establezca los criterios de acceso a los mismos y actualice los
métodos de valoración técnica de las situaciones de necesidad o vulnerabilidad que le
corresponda atender.
Todo ello viene a justificar la adecuación de la norma a los principios de buena
regulación previstos en el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cumpliendo con
ello la obligación de las Administraciones Públicas de actuar de acuerdo con los
principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y
eficiencia.
TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1. Fundamento legal
El Servicio de Ayuda a Domicilio es un servicio social que presta este
Ayuntamiento y que tiene su fundamento en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora
de las Bases del Régimen Local, en sus artículos 25.1, 27.1 y 27.3 c), considerándolo
como un servicio público que contribuye a satisfacer las necesidades y aspiraciones de
los ciudadanos de este Municipio y que se ejerce en los términos de la legislación del
CVE:
BOP-2021-3340
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 8 de julio de 2021
N.º 0128
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