Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Sierra. (BOP-2021-3292)
BOP-2021-3292 Aprobación de la modificación del Reglamento Interno Residencia de Mayores.
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g) No padecer enfermedad infecto-contagiosa ni trastornos de conducta que impidan el
normal desarrollo de las relaciones sociales y de convivencia con los/as usuarios/as y el
personal del Centro.
h) No haber sido sancionado/a con la expulsión en algún otro Centro público.
i) Tendrán preferencia los/as nacidos/as en esta localidad y los que acrediten 10 años
como mínimo de vecindad, lo que se determina con la puntuación correspondiente en el
Baremo Regulador del Régimen de Acceso a la Residencia Dios Padre.
j) Tener la nacionalidad española y haber residido en la Comunidad Autónoma de
Extremadura, al menos, dos años antes de la solicitud de ingreso en este Centro
residencial; este requisito no será necesario para los/as solicitantes no residentes pero
que hayan nacido en Extremadura y que tengan la condición de extremeñidad o
transeúntes en situación de emergencia, tal y como reconoce el art. 2º de la Ley 5/1987,
de 23 de abril, de Servicios Sociales de Extremadura. Se excluirá este requisito del
apdo. h) para la cobertura de las plazas vacantes no concertadas o conveniadas con la
Comunidad Autónoma de Extremadura. Las personas que, reúnan los requisitos
anteriores y carezcan de nacionalidad española, se regirán por lo establecido en la Ley
Orgánica 4/2000, de 11 de enero sobre derechos y libertades de los/as extranjeros/as en
España y su integración social y la Ley Orgánica 2/2009, de 11 de diciembre de reforma
de la anterior, en los tratados internacionales y en los convenios que se establezcan en
el país de origen.
Artículo 3. El ingreso bien como residente, carácter voluntario, debiendo mediar solicitud
expresa del/a interesado/a. Las solicitudes, ajustadas al modelo oficial (Anexo I), deberán
formalizarse ante la Dirección de la Residencia de Mayores “Dios Padre” de Villanueva de la
Sierra y deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:
Fotocopia del D.N.I.
Fotocopia de la cartilla de la Seguridad Social.
Certificado del Instituto Nacional de la Seguridad Social o del organismo que proceda
sobre la cuantía de la pensión o pensiones que perciba.
Informe médico según modelo del Anexo II.
Informe de la trabajadora social según modelo del Anexo III.
Compromiso de un familiar para casos de fallecimiento (Anexo IV).
Número de cuenta bancaria.
Certificado de empadronamiento.
CVE:
BOP-2021-3292
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 6 de julio de 2021
N.º 0126
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