Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-3269)
BOP-2021-3269 Aprobación definitiva del Reglamento Regulador de la utilización del Refugio Provincial de Animales de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres.
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Artículo 3.- Funciones de la Diputación Provincial.
La Diputación ejercerá la necesaria intervención administrativa, el control, la vigilancia y
cuantas funciones impliquen ejercicio de autoridad y sean de su competencia.
3.1.- Corresponde al Pleno del Diputación:
Aprobar, modificar o derogar este Reglamento.
Coordinar todos los esfuerzos e iniciativas que se realicen con una visión de conjunto,
sin perjuicio de las facultades que correspondan a las entidades respectivas.
Determinar los créditos anuales necesarios para atender el cumplimiento de las
obligaciones, derivadas de los planes de inversión y gastos corrientes en el Refugio
Provincial de Animales.
Interpretar este Reglamento y resolver las dudas que puedan plantearse.
3.2.- Será competencia de la Presidencia/Pleno aceptar subvenciones, auxilios y otras ayudas
del Estado, Comunidad Autónoma, Corporaciones públicas y particulares.
3.3.- Será competencia de la Presidencia, que podrá delegar en el/la Diputado/a Delegado/a de
Agricultura y Ganadería, las siguientes funciones:
Dirigir y conservar el Refugio Provincial de Animales y la organización de sus servicios.
Coordinar la utilización de las instalaciones.
Disponer gastos en el Refugio Provincial de Animales dentro de los límites de su
competencia y de los créditos presupuestados.
Inspeccionar las actividades.
Las demás que le atribuyan las leyes y aquellas que, asignadas a la Diputación, no se
atribuyan expresamente al Pleno.
TÍTULO II Instalaciones
Artículo 4.- Ubicación.
El Refugio Provincial de Animales se encuentra ubicado en la finca Haza de la Concepción, en
el término municipal de Malpartida de Plasencia (Cáceres) y está destinado, esencialmente, a
la prestación de los servicios de recogida, alojamiento, manutención y entrega de perros
vagabundos o presuntamente abandonados, que deambulen por la vía pública de los
Municipios de la provincia, sin perjuicio de que pueda atender otras necesidades de carácter
humanitario.
CVE:
BOP-2021-3269
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 6 de julio de 2021
N.º 0126
Pág. 14262
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Artículo 3.- Funciones de la Diputación Provincial.
La Diputación ejercerá la necesaria intervención administrativa, el control, la vigilancia y
cuantas funciones impliquen ejercicio de autoridad y sean de su competencia.
3.1.- Corresponde al Pleno del Diputación:
Aprobar, modificar o derogar este Reglamento.
Coordinar todos los esfuerzos e iniciativas que se realicen con una visión de conjunto,
sin perjuicio de las facultades que correspondan a las entidades respectivas.
Determinar los créditos anuales necesarios para atender el cumplimiento de las
obligaciones, derivadas de los planes de inversión y gastos corrientes en el Refugio
Provincial de Animales.
Interpretar este Reglamento y resolver las dudas que puedan plantearse.
3.2.- Será competencia de la Presidencia/Pleno aceptar subvenciones, auxilios y otras ayudas
del Estado, Comunidad Autónoma, Corporaciones públicas y particulares.
3.3.- Será competencia de la Presidencia, que podrá delegar en el/la Diputado/a Delegado/a de
Agricultura y Ganadería, las siguientes funciones:
Dirigir y conservar el Refugio Provincial de Animales y la organización de sus servicios.
Coordinar la utilización de las instalaciones.
Disponer gastos en el Refugio Provincial de Animales dentro de los límites de su
competencia y de los créditos presupuestados.
Inspeccionar las actividades.
Las demás que le atribuyan las leyes y aquellas que, asignadas a la Diputación, no se
atribuyan expresamente al Pleno.
TÍTULO II Instalaciones
Artículo 4.- Ubicación.
El Refugio Provincial de Animales se encuentra ubicado en la finca Haza de la Concepción, en
el término municipal de Malpartida de Plasencia (Cáceres) y está destinado, esencialmente, a
la prestación de los servicios de recogida, alojamiento, manutención y entrega de perros
vagabundos o presuntamente abandonados, que deambulen por la vía pública de los
Municipios de la provincia, sin perjuicio de que pueda atender otras necesidades de carácter
humanitario.
CVE:
BOP-2021-3269
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 6 de julio de 2021
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